A último debate proyecto para protección de servidores públicos en situaciones de riesgo por COVID-19

A último debate proyecto para  protección de servidores públicos en situaciones de riesgo por COVID-19. Foto/Asamblea Nacional.
A último debate proyecto para protección de servidores públicos en situaciones de riesgo por COVID-19. Foto/Asamblea Nacional.

En segundo debate fue aprobado el proyecto de ley No. 312, que establece medidas para la protección de los servidores públicos en situaciones de riesgo por causa del COVID-19.

La legislación contempla medidas transitorias excepcionales necesarias para la protección de la vida y la salud de los servidores públicos de todas las entidades del Estado, que sean adultos mayores de 60 años, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y personas con cáncer o convalecientes de cáncer, enfermedades crónicas y degenerativas, mientras dure la crisis nacional por causa del COVID-19.

Con la aprobación de la iniciativa impulsada por los diputados Edison Broce y Everardo Concepción, los servidores públicos antes mencionados se beneficiarán con la modalidad de teletrabajo, para la presentación de sus funciones.

Además, aquellos funcionarios que, al momento de la entrada en vigencia de esta Ley, se encuentren prestando servicios para los cuales su presencia física fuese indispensable, deberán ser objeto de una reasignación temporal de funciones acordes con la modalidad de teletrabajo, con excepción del personal de salud, de la seguridad pública y el personal que participa en el aseguramiento de la cadena y seguridad alimentaria.

El plazo de la dispensa se computará como tiempo de servicio.

Igualemente, el tiempo que dure la dispensa no podrá ser descontado de los permisos personales, ni de las vacaciones, ni del tiempo compensatorio, ni de ninguna otra forma que afecte negativamente los derechos de los servidores públicos.

En caso de requerirse la entrega o retiro de documentos o cualquier material en soporte físico, las entidades estatales donde brinden funciones los servidores público deberán tomar las medidas necesarias para que esto se dé en el lugar donde el servidor público se encuentre cumpliendo con las medidas decretadas por las autoridades sanitarias.

Una vez superada la crisis nacional por causa del coronavirus, todas las entidades del Gobierno Central y todas las entidades descentralizadas, deberán tomar las medidas necesarias para que los servidores públicos, descritos en el artículo 1 de la presente Ley, puedan retomar sus puestos de trabajo con normalidad. Para estos efectos, se respetarán las mismas condiciones laborales que tenían antes de la crisis, sin que haya ningún tipo de afectación negativa, ni reducción salarial, ni traslado.

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