Conozca que trabajadores podrán circular durante la cuarentena
El Ministerio de Salud (Minsa) informó que las empresas y personas naturales dedicadas al servicio de entregas a domicilio de víveres, medicamentos y alimentos de restaurantes, así como aquellas que presten servicios a entidades públicas deberán portar una carta o certificación emitida por la empresa para movilizarse durante los días de cuarentena absoluta.
Durante la cuarentena solo podrán circular personal de salud, fuerza pública y trabajadores de empresas que presten servicios indispensables.
Las autoridades permitirán la circulación del personal de salud que incluye trabajadores administrativos de centros privados o públicos.
Los empleados del Metro Panamá y Mi Bus, los conductores de transporte público, colectivo y selectivo por motivos de salud y laborales podrán circular.
Trabajadores de industria farmacéutica, empresas dedicadas a carga aérea, marítima y terrestre, personal de empresas dedicadas a limpieza, además de colaboradores de hoteles, hostales y pensiones para alojamiento y alimentación a la habitación de huéspedes o pacientes, compañías de seguridad y transporte de valores.
Los trabajadores que deben portar esta carta para su circulación son los siguientes:
- Industria agroalimentaria y logística.
- Todo lo relacionado a seguridad.
- Empresas de distribución y transporte de combustible.
- Empresas de mantenimiento y distribución de implementos e insumos médicos.
- Empresas de energía eléctrica y telecomunicaciones.
- Personas de la Autoridad del Canal de Panamá.