Noticiero M.D.
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El Ministerio de Salud (Minsa) informó que las empresas y personas naturales dedicadas al servicio de entregas a domicilio de víveres, medicamentos y alimentos de restaurantes, así como aquellas que presten servicios a entidades públicas deberán portar una carta o certificación emitida por la empresa para movilizarse durante los días de cuarentena absoluta.
Durante la cuarentena solo podrán circular personal de salud, fuerza pública y trabajadores de empresas que presten servicios indispensables.
Las autoridades permitirán la circulación del personal de salud que incluye trabajadores administrativos de centros privados o públicos.
Los empleados del Metro Panamá y Mi Bus, los conductores de transporte público, colectivo y selectivo por motivos de salud y laborales podrán circular.
Trabajadores de industria farmacéutica, empresas dedicadas a carga aérea, marítima y terrestre, personal de empresas dedicadas a limpieza, además de colaboradores de hoteles, hostales y pensiones para alojamiento y alimentación a la habitación de huéspedes o pacientes, compañías de seguridad y transporte de valores.
Los trabajadores que deben portar esta carta para su circulación son los siguientes: