Alma Cortés, candidata al Parlacen por RM se queda sin fuero penal electoral

Alma Cortés

Alma Cortés
Alma Cortés / TVN Noticias

La actual candidata al Parlamento Centroamericano (Parlacen) por el partido Realizando Metas, Alma Cortés Aguilar, se quedó sin fuero penal electoral.

Esto es así, luego de que el magistrado del Tribunal Electoral,  Luis Guerra decidiera sobre un recurso de apelación presentado por Cortés ante la petición del Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales del Primer Circuito Judicial, de levantarle el fuero penal electoral a la candidata en el proceso que se le sigue por enriquecimiento injustificado.

Esta decisión fue avalada por los magistrados Alfredo Juncá y Eduardo Valdés Escoffery; y publicada hoy, en el tablero de la Secretaría General del TE.

En un principio, el Juzgado Segundo Administrativo Electoral avaló la solicitud del Juzgado Liquidador y le levantó el fuero a Cortés, pero más tarde esta decisión fue apelada por la exministra de Trabajo y Desarrollo Laboral.

Levantamiento de fuero de Alma Cortés
Levantamiento de fuero de Alma Cortés / Tribunal Electoral

Esta es la primera de las dos solicitudes de levantamiento de fuero que pesan sobre la exfuncionaria y que ha sido resuelta por el TE.

Se desconoce la situación de la solicitud que tramita el Juzgado Tercero Administrativo Electoral, encargado de estas solicitudes.

Cortés, quien además es secretaria general de RM, es una de las 17 personas que tienen solicitudes de levantamiento de fuero en el Tribunal Electoral.

¿Qué es el fuero penal electoral?

De acuerdo con el artículo 305 del Código Electoral, "el fuero penal electoral es el derecho que tienen los presidentes, vicepresidentes, secretarios y subsecretarios generales de los partidos legalmente constituidos, los candidatos, delegados electorales, entes electorales de los partidos políticos, miembros de las corporaciones electorales, funcionarios electorales y enlaces para no ser investigados, detenidos, arrestados o procesados en materia penal, policial o administrativa, siempre que estas últimas involucren la imposición de una pena privativa de la libertad, sin que medie autorización expresa y previa de los juzgados administrativos electorales, salvo en caso de flagrante delito".

Este privilegio ha sido sumamente cuestionado, debido a que ayudó a que políticos a zafarse de casos pendientes con la justicia

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