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Panamá/En cada compra, la factura suele pasar desapercibida: va a la billetera, al bolso o, muchas veces, directo a la basura. Sin embargo, ese documento puede convertirse en la entrada a un premio en el segundo sorteo de la Lotería Fiscal, que organizan la Dirección General de Ingresos (DGI) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el cual se realizará el 30 de octubre de 2025.
Para este segundo sorteo, serán válidas las facturas emitidas entre el 28 de agosto y el 23 de octubre de 2025, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la DGI.
De acuerdo con el Decreto Ejecutivo No. 26 del 2 de junio de 2025, publicado en la Gaceta Oficial No. 30291-A, solo serán aceptadas facturas emitidas por equipos fiscales autorizados o facturas electrónicas debidamente impresas. También es válido el Comprobante Auxiliar de Factura Electrónica (CAFE), incluido el facturador gratuito. Esto incluye las facturas electrónicas impresas.
Quedan descartadas las facturas manuales, así como las copias de facturas. Tampoco se permite entregar copias engrampadas junto con el original.
Las facturas deben emitirse a nombre de la persona que desea participar. En caso de no haberlo hecho al momento de la compra, el consumidor puede escribir a mano su nombre y cédula en el reverso de la factura. Todas las facturas entregadas deben ser legibles.
El MEF recomienda guardar las facturas en un sobre y depositarlas de inmediato para mantenerlas en buen estado. Cada sobre debe contener cinco facturas y la cantidad de sobres a depositar es ilimitada. Durante el primer sorteo, varios sobres fueron descartados por no estar sellados adecuadamente o por no contener los datos completos. Por ello, se recuerda que los sobres deben estar cerrados con goma o cinta adhesiva. El tamaño sugerido es el de sobre carta.
En la parte exterior, los sobres deben incluir los siguientes datos:
El MEF advirtió que los errores más frecuentes que causan descalificación son: facturas fuera de fecha, sobres abiertos, ausencia de datos personales completos y facturas sin nombre.
Asegúrense de que las facturas tengan su nombre y cédula, que los sobres estén cerrados y que las facturas sean emitidas dentro de las fechas establecidas”, reiteró la entidad.
Los ganadores deberán reclamar sus premios en las Administraciones Provinciales o Seccionales de Ingresos de la DGI, presentando cédula vigente o pasaporte, número de cuenta bancaria y certificación firmada por el banco.
El pago se realizará exclusivamente por transferencia bancaria (ACH), con un plazo máximo de tres semanas. En caso de fallecimiento del ganador, los fondos se entregarán a sus herederos legalmente acreditados. Los premios no reclamados en un plazo de tres meses pasarán a la Cuenta Única del Tesoro.
Los ciudadanos podrán depositar sus sobres con facturas en urnas distribuidas en todo el país.
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Además, en todas las Administraciones Provinciales de Ingresos a nivel nacional.