Extranjeros y personas jurídicas podrán dirigir Organizaciones Sin Fines de Lucro en Panamá

Los fondos que obtengan deberán estar en cuentas bancarias en Panamá

Se aumentan los controles respondiendo a recomendaciones del GAFI

Maria Luisa
La ministra de Gobierno, María Luisa Romero, afirma que es deber del ministerio supervisar las Organizaciones Sin Fines de Lucro / TVN Noticias

A partir del 2018, las Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL) que reciban donaciones, o fondos públicos para ejecutar proyectos, deberán presentar un informe durante los tres primeros meses del año con su balance financiero, junta directiva vigente y domicilio al Ministerio de Gobierno (Mingob).

Así lo establece el Decreto Ejecutivo N° 62, publicado este viernes 31 en Gaceta Oficial.

El documento también establece que el Mingob podrá compartir cualquier información sobre estas organizaciones con la Unidad de Análisis Financiero.

La Unidad de Supervisión, Seguimiento y Evaluación del ministerio será la responsable de vigilar las actividades de las OSFL.

El dinero que obtengan las organizaciones deberá estar depositado en cuentas bancarias registradas en Panamá. Estas cuentas, y los movimientos de las mismas, podrán ser fiscalizadas por la Contraloría General de la República.

“El Ministerio de Gobierno debe cumplir con el deber de velar por el proceso de reconocimiento jurídico, así como su supervisión y seguimiento”, señaló la ministra de Gobierno María Luisa Romero, a través de un comunicado oficial.

Añadió que es del interés de la actual administración gubernamental contribuir con capacitaciones a estas organizaciones para que fortalezcan sus mecanismos de control y evitar que sean utilizadas para actividades ilícitas.

Los cambios a las normativas son una respuesta a las recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera (GAFI), dirigidas a combatir el lavado de dinero y el terrorismo.

Aunque el objetivo es mejorar la transparencia con controles más estrictos, gremios empresariales y miembros de asociaciones civiles han manifestado su preocupación que se otorgue demasiado poder a las autoridades y se facilite la persecución por intereses políticos.

A causa de estas críticas, el Mingob eliminó de la propuesta original la participación de la Fuerza Pública en las labores de supervisión y extendió los términos para realizar los trámites de personería jurídica.

Los miembros de la junta directiva de estas sociedades podrán ser panameños o extranjeros, personas naturales o jurídicas. No necesitarán contar con un espacio físico para sus actividades, aunque sí deberán listar un domicilio para la entrega de notificaciones oficiales.

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