Mejía dice que no tiene competencia para decidir sobre voto de Martinelli en primarias

Ricardo Martinelli en audiencia.
Ricardo Martinelli en audiencia. / Foto Ilustrativa

El juez de Garantías, el magistrado Jerónimo Mejía, aseguró que no tiene competencia para resolver la solicitud del expresidente Ricardo Martinelli de ejercer el sufragio este domingo 30 de septiembre, en las elecciones primarias del Partido Cambio Democrático (CD).

La defensa de Martinelli había solicitado que le permitiera al exjefe del Ejecutivo, realizar "su derecho al sufragio como parte de sus derechos Constitucionales", ya que es precandidato a diputado por el partido CD en el circuito 8-8.

Mejía en sus argumentos previo a su decisión indicó que el derecho de la participación política no es absoluto y que puede tener restricciones.

El magistrado Mejía también indicó que el Tribunal Electoral tiene reglamentos para el voto de privados de libertad para elecciones generales, pero no elecciones primarias. "El decreto del Tribunal Electoral regula una situación distinta a la del expresidente Martinelli".

"La manera en que se hizo la petición no permite saber a ciencia cierta cómo habría que garantizar el derecho del voto del señor Martinelli", manifestó Mejía.

Reacción de querellantes

El fiscal Harry Diaz indicó que no tiene inconveniente que Martinelli ejerciera el derecho al voto en las primarias, pero esto lo debe definir el Sistema Penitenciario y el Tribunal Electoral.

Diaz además dijo que Martinelli cometió una falta electoral por ir a las audiencias con material de propaganda política en su vestimenta.

El acusador autónomo, David Cuevas, indicó que la junta directiva de CD no comunicó la logística y tampoco le comunicaron al TE.

“Martinelli quiere hacer una arenga política para ganar votos. Esta solicitud es improcedente y fuera de lugar”, expresó Cuevas, quien añadió que este tipo de solicitudes no le corresponde a Mejía, sino al Pleno de la Corte Suprema.

Balbina Herrera, víctima en este caso, aseguró que no entiende cuando las audiencias de fase intermedia a discutir “el permiso para ejercer un voto de un privado de libertad”.

Herrera aseguró que el derecho de los privados de libertad es para elecciones generales, no en las primarias.

El abogado Carlos Herrera Morán se opuso rotundamente que al acusado se le concediera cualquier tipo de permiso supuestamente para ejercer un derecho electoral.

Desde el punto de vista constitucional, indicó Herrera Morán que el magistrado Mejía carece de competencia, además que se mantiene riesgos de fuga.

Fin de fase intermedia

Esta decisión se dio después de finalizada una amplia sustentación de las pruebas testimoniales, documentales y periciales presentadas por la defensa del expresidente, así como las objeciones hechas por la fiscalía y el querellante autónomo.

Mejía antes de concluir la fase de acusación, señaló que ahora lo que procederá es evaluar la admisibilidad o no de los medios probatorios, por lo cual, “realizará con prudencia y sosiego, sin prisa, pero sin pausa, tomando en cuenta que todas las partes han hecho referencia a los 18 tomos de antecedentes, más 7 tomos extraídos de los discos que son elementos que le dan contexto al debate”.

“Ustedes han presentado un número inmenso de pruebas y objeciones que en su mayoría tendré que referirme para aclarar conceptos y sustentar sus puntos de vista (...) así que como ustedes han hecho un trabajo y han dado muchas razones, andaré sin prisa y sin pausa, sé que son decisiones trascendentales y no seré yo quien dejará algunas de las partes sin pruebas que estimen necesario”, reiteró.

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