Salida de yates quedan supeditadas a nuevas condiciones

Foto ilustrativa: Yates en Panamá
Foto ilustrativa: Yates en Panamá / TVN Noticias

La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) y el Ministerio de Seguridad, en coordinación con el Ministerio de Salud (Minsa), acordaron condicionar la salida de yates.

De acuerdo con la entidad, la medida obedece a las malas prácticas por parte de propietarios de yates y debido al nivel de contagios de COVID-19.

En tanto, queda prohibida la salida de yates en todo el país desde las diferentes marinas, rampas, o atracaderos, con fines turísticos, recreativos y pesca deportiva.

En el caso de entregas de donaciones no se otorgarán autorizaciones sin el visto bueno de las autoridades locales y el Minsa, de los sitios de destino.

Al contar con el visto bueno deberán solicitar la autorización a los correos electrónicos jguerini@amp.gob.pa y anunez@amp.gob.pa, adjuntando la siguiente documentación:

  • Visto bueno por parte de autoridades locales y del Minsa
  • Documentos vigentes emitidos por la Dirección General de Marina Mercante
  • Licencia vigente emitida por la Dirección General de Gente de Mar
  • Manifiesto o declaración de los insumos a donar.

En tanto, para realizar pruebas de máquinas deberán enviar solicitud formal a la Dirección General de Marina Mercante al correo jlortega@amp.gob.pa con copia a anunez@amp.gob.pa especificando lo siguiente:

  • Listado de personas que irán a bordo, incluyendo mecánicos sin que exceda la cantidad de 5 personas.
  • Informe de trabajos a realizar, debe incluir el detalle del problema que están presentando los motores, posibles causas y razones.

Marina o Punto de partida

Las pruebas no podrán realizarse a más de una milla náutica de su punto y serán por un tiempo limitado de hora y media.

El Departamento de Navegación y Seguridad Marítima evaluará caso por caso para determinar si otorga o no el permiso.

Según la Amp, por la aglomeración de personas en los puntos de salida, las actividades recreativas, deportivas como Kayak, paddle, motos acuáticas, entre otras de esta índole quedan prohibidas.

Los propietarios de las naves que infrinjan lo dispuesto serán sancionados por desacato a las órdenes impartidas.

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