Bélgica vs Senegal
En vivo
Ante las interrogantes generadas por la entrada en vigor de la Ley 473 de 19 de junio de 2025, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) precisó que las entidades bancarias mantendrán la obligación de informar los costos de los financiamientos, pero no deberán incorporar los intereses al precio al contado de los productos.
La entidad explicó que la norma busca reforzar el derecho de los consumidores a recibir información previa, clara, suficiente, veraz y fácilmente accesible sobre los precios de bienes y servicios.
No obstante, precisó que la ley contempla excepciones, entre ellas el costo del financiamiento en las ventas a crédito y los cargos adicionales que no son inherentes al objeto de la relación de consumo.
En ese sentido, la Acodeco enfatizó que la disposición no significa que las entidades bancarias deban incorporar el costo del financiamiento dentro del precio total al contado, ni modificar la naturaleza de los créditos u otros productos financieros.
Lo que sí deberán hacer las entidades financieras, indicó la institución, es mantener la obligación de informar de forma transparente los costos asociados a las operaciones de financiamiento, incluyendo tasas de interés, comisiones, cargos, recargos, gastos y demás conceptos legalmente autorizados.
El administrador de la Acodeco, Ramón Abadi Balid, sostuvo que el propósito de la legislación es fortalecer la transparencia en beneficio de los consumidores.
"La finalidad de esta ley no es modificar la naturaleza de los productos financieros, sino reforzar la transparencia y garantizar que los consumidores reciban información suficiente y comprensible sobre los costos de las operaciones antes de contratar. Un consumidor debidamente informado está en mejores condiciones de comparar ofertas y tomar decisiones responsables", afirmó.
La institución reiteró que estas disposiciones buscan que los consumidores conozcan con anticipación los costos aplicables a bienes, servicios y operaciones financieras, facilitando la comparación de ofertas y una toma de decisiones más informada.
Asimismo, recordó que la Ley 473 fue reglamentada mediante el Decreto Ejecutivo N.° 2 del 23 de enero de 2026. Su entrada en vigor fue aplazada y ahora está prevista para el 1 de julio de 2027, tras la prórroga establecida por la Ley 531 de 18 de junio de 2026.