Contrataciones Públicas, sin aprobar en Consejo de Gabinete

El Estado panameño ha sufrido lesiones patrimoniales por más de $300 millones, según las auditorias realizadas por la Contraloría

La propuesta de ley amplia el monto de contrataciones menores hasta los $50,000 y elimina las licitaciones abreviadas

Consejo de Gabinete
Consejo de Gabinete. / Cortesía/Presidencia

El anteproyecto de ley de Contrataciones Públicas, que sería discutido este martes, 19 de enero, en Consejo de Gabinete, no fue aprobado por petición de algunos ministros de Estado, quienes pidieron más tiempo para efectuar el análisis de la propuesta.

Ante la solicitud de los ministros, el próximo 2 de febrero, se someterá a aprobación la propuesta legislativa, con lo cual se busca adecuar la Ley 22 de 2006, para hacer más eficientes los procesos de compras estatales y mejorar los niveles de transparencia en el sistema de contrataciones del Estado.

Recientemente el contralor de la República, Federico Humbert, señaló que el Estado panameño ha sido objeto de lesiones patrimoniales que superan los 300 millones de dólares según las auditorias efectuadas, por lo que espera que a través de la nueva Ley de Contrataciones Públicas se tengan mayores controles.

La ley actual de Contrataciones Públicas fue triturada y prostituida en los últimos años y esperamos mejores controles". -Federico Humbert-

Compras menores

Sin embargo, la nueva normativa, amplia las compras menores de 30 mil dólares (actual legislación) a 50 mil dólares (propuesta), “de manera expedita para la adquisición de bienes, servicios u obras, cumpliéndose con un mínimo de formalidades de contrataciones”.

El nuevo proyecto establece que “las contrataciones menores que no superen los 10 mil dólares, se aplicará un procedimiento expedito por cotizaciones que será reglamentado por el Órgano Ejecutivo”; cuando la actual legislación señala que las compras menores de 3 mil dólares se podrían ejecutar por caja menuda.

Licitación abreviada

Este tipo de procedimiento fue eliminado de la propuesta que se discutirá en los próximos días, ya que permitía adjudicar al contratista por menor precio o en los actos de mejor valor, pero con mayor ponderación, sobre la base de 30 mil dólares sin entrar a “Panamá Compra”, promoviendo el uso irracional de los fondos públicos, la falta de transparencia, así como el de responsabilidad de los servidores públicos y de los contratistas.

Multas

La Dirección General de Contrataciones Públicas, impondrá multas de hasta el 30% del salario mensual que devengue el servidor público responsable del procedimiento de selección de contratista, cuando favorezca a un proveedor con información privilegiada de un acto público o su excepción.

Contrataciones realizadas por la Dirección de Asistencia Social (DAS)

El programa de Ayuda Nacional (PAN), fue objeto en la pasada administración de múltiples escándalos por actos de corrupción, lo cual mantiene abierta una serie de investigaciones a funcionarios públicos por el desfalco a los fondos del Estado.

Las excepciones que permite la actual ley, generó que el Ejecutivo creara mediante Decreto Ejecutivo N° 775 de 12 de noviembre de 2015, la Dirección de Asistencia Social (DAS) adscrita al Ministerio de la Presidencia, la cual, no estará exenta del proceso de contrataciones públicas.

La propuesta señala que en las licitaciones públicas y por mejor valor con evaluación separada, el precio oficial dejará de estar oculto, es decir, que será de conocimiento público en "Panamá Compra" y se realizarán en aquellas contrataciones que superen los 50 millones dólares y no 20 millones como lo contempla la ley vigente, y corresponderá al Consejo de Gabinete designar los integrantes de las Comisiones Evaluadoras y de Verificación de Precios.

Procesados por la justicia no podrán participar

La propuesta también establece la incapacidad para contratar a quienes sean declarados judicialmente responsables por la comisión de delitos contra la administración pública.

Participación de personas jurídicas en actos públicos

Se obliga a las personas jurídicas en los actos de contratación, que presenten anualmente ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, una declaración jurada en la que se certifique el nombre de cada persona natural que sea directa o indirectamente beneficiario de por lo menos el 25% del capital accionario.

Esto permitirá que el Ministerio Público, tenga conocimiento de las personas beneficiarias de manera directa o indirecta con los contratos, facilitando los procesos de investigación.

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