ASEP ordenará no cobrar tasa por soterramiento de cables

A la espera de su publicación en Gaceta Oficial

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Cable telefónico

El administrador general de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), Roberto Meana Meléndez, indicó que ordenará a las empresas concesionarias no realizar el cobro de la tasa por soterramiento de cable una vez sea publicado el fallo de la Corte Suprema de Justicia en la Gaceta Oficial.

Esta acción de la Corte Suprema de Justicia dejará sin efecto la Resolución AN No.5490-Telco de 1 de agosto de 2012, que establece el procedimiento de facturación y cobro mensual de la tasa de 0.5% para cubrir costos de soterramiento del cableado e infraestructura de los servicios de telecomunicaciones y de televisión pagada.

Según un comunicado de la ASEP, actualmente, la obra de soterramiento de cables presenta un avance del 19% correspondiente en el sector eléctrico (vigas subterráneas) y 35% en el sector de telecomunicaciones.

La entidad indicó que durante el régimen tarifario del periodo comprendido entre el 2010-2014 aprobó a la empresa distribuidora EDEMET la ejecución del proyecto soterrado por un valor de $18.8 millones de dólares para los cables eléctricos del Área Bancaria.

La inversión hasta la fecha en el sector de telecomunicaciones es de $1,5 millones de dólares de un total de $10,1 millones de dólares recaudados hasta el mes de noviembre de 2015, desde que se comenzó a cobrar la tasa por el proyecto de soterrado de cables.

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