Retransmisión Hecho En Panamá
En vivo
ciudad de panamá/El Ministerio de Salud (Minsa) oficializó el Decreto Ejecutivo N.° 17 de 11 de agosto de 2025, que establece el procedimiento para solicitar la verificación de autenticidad de certificados médicos de incapacidad, así como las condiciones para su expedición, validez, control y trazabilidad. La medida busca garantizar la seguridad jurídica y sanitaria en el manejo de estos documentos.
La normativa entrará en vigencia 60 días después de su publicación en Gaceta Oficial.
De acuerdo con la normativa, los médicos y odontólogos idóneos podrán emitir certificados de incapacidad, impresos o electrónicos, con numeración continua y sucesiva. Estos deben incluir:
De cada certificado se dejará una copia en la que se registrará el diagnóstico, archivada en el expediente del paciente en el establecimiento donde fue atendido y emitido. Además, se deberá consignar la historia clínica del paciente, especificando diagnóstico, atención brindada y las fechas exactas de inicio y finalización de la incapacidad.
El Minsa, a través de la Dirección General de Salud Pública, el Consejo Técnico de Salud y las Direcciones Regionales, será el encargado de recibir solicitudes de verificación cuando exista sospecha de falsificación o irregularidades.
Los empleadores —públicos o privados—, autoridades judiciales o administrativas podrán iniciar el trámite presentando:
La Dirección Regional de Salud recabará pruebas, inspeccionará el establecimiento emisor y verificará la historia clínica correspondiente.
El Decreto tipifica como infracciones administrativas:
Los certificados que incumplan estos requisitos serán declarados nulos y su emisor podrá ser sancionado según la gravedad de la falta.
Si se confirma una infracción, el caso será remitido al Consejo Técnico de Salud, que recomendará las sanciones correspondientes y mantendrá un registro actualizado de los profesionales sancionados.