'Derecho al olvido penal': proyecto permitiría cancelar récord policivo por blanqueo, estafa y otros delitos

El documento considera aquellos delitos que admiten remplazos de penas menores a los tres años de prisión por días multas o trabajo comunitario.

Récord Policivo / Policía Nacional/AIG

Panamá/La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional acogió el proyecto de ley que busca crear el denominado “derecho al olvido penal”, mediante el cual determinadas personas podrían solicitar la cancelación de su récord policivo después de cumplir completamente una condena.

La propuesta, presentada por el diputado Isaac Mosquera, de Realizando Metas, fue prohijada; ahora corresponde su discusión en primer debate.

Puede leer: Proponen castigar con cárcel creación y difusión de contenido falso con IA; Camacho busca permitir a funcionarios querellar

El proyecto pretende facilitar la reinserción social de quienes hayan cumplido su responsabilidad penal, evitando que sus antecedentes les impidan acceder a empleos, licencias, permisos, créditos, viviendas u otras oportunidades.

¿Quiénes podrían solicitar el beneficio?

El documento considera delitos de baja menores a aquellos castigados con multas, días multa, trabajo comunitario y otros, que permiten la susticuión de la penas y no superen sentencias de tres años.

Para acogerse al beneficio, la persona tendría que haber cumplido íntegramente la pena principal y las sanciones accesorias. Cuando exista una víctima determinada, también tendría que demostrar que reparó o indemnizó el daño.

La propuesta incluye expresamente determinados casos de blanqueo de capitales, delitos contra el orden económico, estafa y posesión de cannabis para consumo personal.

En los casos de blanqueo de capitales, la cuantía no podría superar los $100 mil y el delito no podría estar relacionado con terrorismo, narcotráfico o delincuencia organizada.

Para los delitos contra el orden económico, el proyecto establece un límite de $50 mil. También exige que sea delincuente primario, es decir que se trate de la primera condena, que no exista vinculación con corrupción pública, terrorismo, narcotráfico, trata de personas o delincuencia organizada y que hayan pasado cinco años desde el cumplimiento de la pena.

En los casos de estafa o delitos patrimoniales, la cuantía no podría superar los $10 mil. La persona tendría que haber reparado el daño, cumplido la condena y no ser reincidente.

También podrían beneficiarse quienes hayan sido condenados por posesión de hasta 10 gramos de cannabis para consumo personal, siempre que no exista comercialización, distribución, asociación ilícita o reincidencia.

Delitos que quedarían excluidos

El proyecto excluye las condenas por homicidio, feminicidio, delitos sexuales, violencia doméstica, trata de personas, delincuencia organizada, terrorismo y delitos contra niños, niñas y adolescentes.

Sin embargo, su definición general de delitos de baja lesividad abre la posibilidad de que otras conductas sancionadas con penas de hasta tres años puedan acogerse al beneficio, aunque no estén mencionadas expresamente.

Dentro de esta categoría podría entrar la violación de comunicaciones en su modalidad básica, castigada por el artículo 164 del Código Penal con penas de uno a tres años. La modalidad que incluye divulgación o aprovechamiento de la información tiene una sanción de dos a cuatro años, por lo que superaría el límite establecido en la propuesta.

¿Cómo se cancelaría el récord policivo?

La persona interesada tendría que solicitar al tribunal competente una certificación que confirme el cumplimiento de la pena, la extinción de las sanciones accesorias y el pago de multas u otras obligaciones económicas.

Posteriormente, tendría que presentar la certificación ante la Dirección de Investigación Judicial (DIJ) acompañada de una copia de la cédula, un poder otorgado a un abogado y, cuando corresponda, la evidencia de la reparación a la víctima.

La DIJ verificaría que no exista reincidencia y tendría un plazo máximo de 30 días hábiles para resolver la solicitud. Si la decisión es favorable, se ordenaría la cancelación del récord policivo y se comunicaría al Registro Judicial y a las demás bases de datos.

La sentencia no desaparecería

El proyecto no eliminaría la sentencia ni los registros judiciales históricos. La información cancelada permanecería disponible para fines judiciales, pero no podría divulgarse a particulares ni utilizarse para discriminar laboralmente.

Si la persona beneficiada fuera condenada posteriormente por otro delito, perdería automáticamente el beneficio y la nueva condena generaría un récord policivo.

La propuesta también tendría efectos retroactivos, por lo que podrían solicitar la cancelación quienes hayan cumplido sus condenas antes de su entrada en vigencia.

La propuesta:

Documento
Propuesta del derecho al olvido penal.
Consúltalo

Temas relacionados

Si te lo perdiste
Lo último