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Panamá/El control de precios sobre un grupo clave de medicamentos seguirá vigente en Panamá. Así lo establece el Decreto Ejecutivo N.º 7 del 16 de abril de 2026, que mantiene los precios de referencia tope para 51 fármacos esenciales, utilizados principalmente en el tratamiento de enfermedades crónicas como la diabetes, la hipertensión y afecciones cardiovasculares.
La medida entrará a regir a partir del 17 de abril y será supervisada por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), entidad encargada de verificar que las farmacias cumplan con los límites establecidos en todo el país.
Según lo dispuesto, el precio tope aplica exclusivamente a medicamentos innovadores, es decir, aquellos productos originales que desarrollaron la molécula. Esto deja por fuera a los genéricos, aunque las autoridades recuerdan que estos siguen siendo una alternativa válida dentro del mercado.
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En ese sentido, la normativa vigente, respaldada por la Ley 419 del 1 de febrero de 2024, obliga tanto a médicos como a farmacias a informar a los pacientes sobre la disponibilidad de medicamentos genéricos bioequivalentes, lo que busca ampliar las opciones de tratamiento y, en muchos casos, reducir costos.
Aunque la medida apunta a contener el gasto en salud de los pacientes, también mantiene el foco en un segmento específico del mercado farmacéutico: las presentaciones y marcas determinadas incluidas en la lista oficial.
Para quienes deseen conocer el detalle de los medicamentos regulados y sus precios de referencia, la Acodeco habilitó su Departamento de Información de Precios y Verificación, disponible a través del teléfono 510-1396.
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