Corte Suprema falla en contra de demanda que pedía anular contrato entre ATTT y Sonda

Corte Suprema de Justicia.
Corte Suprema de Justicia. / Foto Ilustrativa

La sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia declaró que “no es nulo, por ilegal” el Contrato No. 35 suscrito entre la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) y la Sociedad Nacional de Procesamiento de Datos S.A. (Sonda S.A.)

El abogado Víctor Martínez, en representación de Esperanza Mena, Luis Contreras, Gloria Helbert y Delcy Lage, interpuso una demanda por el contrato entre ATTT y Sonda para anular la concesión del “servicio de administración financiera del sistema de movilización masivo de pasajeros en los distritos de Panamá y San Miguelito, celebrado el 8 de abril de 2011.

El fallo de la sala tiene la firma de los magistrados Abel Zamorano, Cecilio Cedalise y Efrén Tello.

En fallo, publicado en Gaceta Oficial, también contiene la opinión del procurador de la Administración, Rigoberto González, donde señala que “la entidad demandada (ATTT) no hizo más que ceñirse a los parámetros que establece el artículo 43 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, relativo a la licitación por mejor valor”.

Fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo

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