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'Están prohibidos los camarones legislativos'

Reacciones por fallo que anula penas de prisión por cierre de calle / TVN Noticias

La decisión de la Corte Suprema de Justicia de anular las penas de prisión por cierres de calle marca un hito en materia legal al establecer que los camarones legislativos son inconstitucionales.

Así lo manifestó el abogado Ernesto Cedeño, que presentó una de las cuatro demandas de inconstitucionalidad contra el artículo 9 de la ley 14 de 13 de abril de 2010, que sancionaba con penas de 6 meses a dos años a quienes cerraran calles en medio de protestas públicas.

En fallo del 30 de diciembre de 2015, la CSJ declaró inconstitucional el citado artículo debido a que fue introducido en segundo debate por petición de los entonces diputados Noriel Salerno y Marcos González y no fue sometidos a los tres debates legislativos.

Cedeño señaló que la CSJ "le dice a los diputados que los camarones legislativos son inconstitucionales, es decir, no puedes introducir en segundo debate materia diferente a la que se aprobó en el primero".

Manifestó que los magistrados envían un mensaje que no se puede intimidar penalmente a las personas que desean reunirse y hacer protestas de manera pacífica.

Para Cedeño, cuando hay algún inconveniente en medio de las manifestaciones, las sanciones serán impuestas por las corregidurías.

Gabriel Castillo, dirigente de la Confederación Nacional de Unidad Sindical Independiente (Conusi), advirtió que no se puede cercenar el derecho a la protesta de manera pacífica.

La ley 14 de 2010, aprobada durante la presidencia en la Asamblea Nacional del diputado José Luis Varela, contenía otros 10 artículos que autorizaban la expedición y uso del record policivo y modificaron el Código Electoral.

Con información de Kelyneth Pérez.

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