Caso Martinelli: Según jueces no se probó que los pinchazos telefónicos fueran ilegales

Jueces dan las razones por las cuales declararon “no culpable” a Martinelli

Así de sorprendente es el fallo de 117 páginas que justifican la decisión del Tribunal de Juicio, compuesto por los jueces Arlene Caballero, Raúl Vergara y Roberto Tejeira que declararon no culpable a Ricardo Martinelli por el caso de las interceptaciones telefónicas.

Enumeramos los puntos claves de la sentencia que fue leída en una audiencia el pasado lunes 26 de agosto y que demoró 4 horas y 35 minutos, según informó el Órgano Judicial.

  • En el fallo se señala que se acreditó la existencia de comunicaciones privadas impresas, pero no el origen de estas.
  • Que no se pudo probar la ausencia de autorización judicial para efectuar las interceptaciones de las telecomunicaciones, esto quiere decir que no se acreditó que los pinchazos se hicieron de manera ilegal.
  • Que no se acreditó en debida forma que hubo interceptaciones de las telecomunicaciones y del sistema Pegasus.
  • Que los nombres de las víctimas y de las personas que supuestamente actuaron, no aparecen en el escrito de acusación.

Que los sistemas de espionaje Circle y MLM Protection tampoco son parte del escrito de acusación.

  • Además que el supuesto seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial, según el Tribunal, tampoco se acreditó.
  • Esto contrasta con lo dicho por Júbilo Graell, quien reconoció que seguía a Mauro Zúñiga y a sus familiares, pero según los jueces Zúñiga nunca lo denunció. Tampoco se acreditó que no existiera una autorización judicial que diera luz verde a esos seguimientos.
  • Sobre el supuesto peculado, ya sea por sustracción o por uso, el Tribunal sostuvo que no se acreditó, a través de una auditoría, la lesión patrimonial al Estado con respecto al sistema de espionaje Pegasus.

Que no se acreditó la disposición de los bienes bajo custodia del acusado.

  • Y que no se presentó un inventario de bienes sustraídos al Consejo de Seguridad ni una auditoría relacionada con los mismos.
  • Incluso que la auditoría hecha por la Contraloría no vale, porque se trata sobre el equipo MLM Protection, que es de 2011, fuera del tiempo de la investigación.
  • En cambio, los jueces dicen que lo que sí se acreditó fue la vulneración al debido proceso y el derecho a la defensa del acusado.

En síntesis durante 4 horas y media los tres jueces practicamente descartaron que la invasión a la privacidad de las víctimas haya sido sin el permiso judicial que se requiere y las confesiones de aquellos que reconocieron haber pinchado tampoco fueron tomadas en cuenta, sin embargo, se observa que sólo se le dio prioridad y preponderancia a las supuestas vulneraciones en perjuicio del expresidente Ricardo Martinelli.

La estrategia del descrédito contra el testigo protegido

Consulte el fallo aquí.

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