Las razones por las que el Tribunal no admitió el amparo a Ricardo Martinelli

El expresidente de la República, Ricardo Martinelli.
El expresidente de la República, Ricardo Martinelli. / AFP
Olmedo Rodríguez - Corresponsal Digital
15 de agosto 2023 - 10:47

Ciudad de Panamá, Panamá/Un amparo de garantías constitucionales que había presentado la defensa legal del expresidente Ricardo Martinelli, no fue admitido por el Primer Tribunal Superior de Justicia.

¿Qué buscaba el recurso? El escrito iba en contra de las decisiones de la jueza segunda liquidadora de Causas Penales, Baloisa Marquínez del 25 de mayo pasado cuando se desarrolló el tercer día del juicio en el caso New Business por la presunta compra irregular con fondos públicos del grupo Editorial Panamá América S.A. (Epasa).

La defensa legal del exmandatario, hoy condenado en este caso a 128 meses por el delito de blanqueo de capitales, alegó en su escrito que la juzgadora no ejerció su autoridad al no lograr la comparecencia de dos testigos de la defensa a la audiencia celebrada el pasado 25 de mayo, señala en un comunicado del Órgano Judicial (OJ). También se detalla en la información que el equipo legal de Martinelli asegura que la funcionaria demandada le ha conculcado [a la defensa] su derecho a interrogar las pruebas de cargos, las pruebas testimoniales que pretenden incriminarlo, y que era deber de la juzgadora procurar que se diera la confrontación o interrogatorio con la prueba de cargos, por lo que la jueza cercenó el libre y pleno ejercicio del derecho que tiene la defensa a interrogar a los testigos".

¿Qué dijo el Tribunal? Las magistradas que atendieron el tema fueron Guimara Aparicio Ortega (ponente), Lilianne Ducret y Melina Robinson quienes consideraron la no admisión del amparo ya que, "no se advierten los caracteres de lesividad y trascendencia que justifiquen la admisibilidad de esta acción constitucional" y por lo tanto la jueza Marquínez no violó las garantías constitucionales.

"Según el tribunal, para que un acto califique con miras a la admisibilidad de su impugnación en amparo, es necesario que este sea capaz de lesionar, afectar, alterar, restringir, amenazar o menoscabar un derecho fundamental, previsto no solamente en la Constitución Política, sino en convenios y tratados internacionales sobre derechos humanos vigentes en la República de Panamá, asimismo en la ley, y que el contenido lesivo del mismo afecte los derechos y garantías constitucionales de una persona en específico..." informa el OJ.

Las magistradas del Tribunal también advierten de que el uso del amparo como medio para cuestionar temas probatorios sólo procede de manera excepcional en aquellos casos en los que ha violado un derecho o garantía fundamental por razón de una sentencia arbitraria o por una sentencia en la que exista falta de motivación o deficiente argumentación.

La condena

Martinelli fue condenado mediante un fallo del 17 de julio pasado, junto a Janeth Vargas Vásquez, Daniel Ochy, Iván Arrocha Chevalier y Valentín Martínez Vásquez por el presunto delito de blanqueo de capitales.

En el mismo fallo la jueza Marquínez decidió absolver a los siguientes Iván Clare Arias, Aaron Ronny Mizrachi, Gonzalo Germán Gómez, Nicolás Corcione Pérez Balladares, Vernon Salazar Zurita, Salomón Btesh Btesh, Jack Btesh Hazan, Leo Cohen Mugrabi, José Carlos Pérez Balladares y Marcos Ángel Acrich.

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