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El Consejo Municipal del distrito de Kankintú aprobó el Acuerdo Municipal No. 12-2026, mediante el cual se establecen medidas para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes que permanezcan en la vía pública durante el horario nocturno, con el objetivo de prevenir situaciones que pongan en riesgo su seguridad, bienestar y desarrollo.
La normativa, publicada en la Gaceta Oficial, señala que la decisión responde a la preocupación de las autoridades y de la comunidad por la presencia de menores de edad en las calles durante altas horas de la noche, exponiéndose a hechos de violencia, accidentes, consumo de sustancias ilícitas, explotación, abuso y otras circunstancias que afectan su integridad.
El acuerdo establece que las acciones tendrán un carácter preventivo, educativo y administrativo, promoviendo además la corresponsabilidad de los padres, madres, representantes legales, tutores y demás adultos responsables, quienes deberán procurar que los menores bajo su cuidado no permanezcan en la vía pública durante el horario nocturno sin una causa justificada.
Asimismo, dispone que el Municipio de Kankintú implemente campañas de sensibilización, orientación familiar, actividades educativas, deportivas, culturales y recreativas, además de fortalecer la coordinación con instituciones como la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senniaf), la Policía Nacional, el Ministerio Público, los ministerios de Educación, Salud y Desarrollo Social, así como jueces comunitarios, juntas comunales y autoridades tradicionales de la Comarca Ngäbe Buglé.
El documento también establece un deber de colaboración ciudadana, permitiendo que cualquier persona que tenga conocimiento de situaciones que pongan en riesgo a un niño, niña o adolescente pueda comunicarlo a las autoridades competentes para que se adopten las medidas de protección correspondientes.
En materia sancionadora, el acuerdo considera una infracción administrativa permitir, tolerar o facilitar que un menor permanezca en la vía pública durante el horario de protección nocturna sin la compañía de sus padres o responsables cuando ello represente un riesgo para su integridad física, psicológica, moral o social.
Las sanciones contemplan multas que van desde $15 hasta $200, cuya cuantía será determinada por la autoridad competente de acuerdo con factores como la gravedad de la conducta, el grado de negligencia, la reincidencia y el riesgo ocasionado al menor.
La competencia para conocer estos procedimientos recaerá en el Juez Comunitario, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a la Senniaf, al Ministerio Público, a los Juzgados de Niñez y Adolescencia u otras autoridades.
El acuerdo entrará en vigencia tras su promulgación y deberá ser reglamentado por el alcalde del distrito de Kankintú dentro de los 30 días hábiles siguientes.