Migración establece uso obligatorio de la pantalla facial
El uso obligatorio de la pantalla facial, fue establecido por el Servicio Nacional de Migración (SNM), como parte de las medidas de bioseguridad que garanticen contener el contagio y la propagación de la COVID 19.
La medida adicional al uso de mascarillas se aplicará al público en general que ingresa a las instalaciones del estamento de seguridad a nivel nacional.
Es importante subrayar, que de no cumplir con el uso de mascarilla y careta facial no se permitirá el ingreso a las instalaciones de la sede principal, ni a las oficinas regionales del Servicio Nacional de Migración.
Igualmente se indica el uso obligatorio de ambos artículos al personal que brinda atención al usuario, así como también a todas las unidades de la entidad cuando por sus funciones deban dirigirse hacia otros departamentos.
La medida es de carácter temporal y regirá hasta que se levante formalmente la pandemia y el riesgo de propagación por COVID 19, según está detallado en la Resolución número 12140 del 4 de junio 2021