Presentan ante la Asamblea Nacional proyecto de Reformas Electorales
El período de campaña electoral se efectuará 60 días previos a las primarias y 90 días previos a las elecciones generales
Se estima que el recurso disponible para la elección preelectoral estará entre $56 millones y $61 millones, los cuales serán invertidos en su mayoría en la propaganda electoral
La Comisión Nacional de Reformas Electorales, presentó este lunes ante el pleno de la Asamblea Nacional (AN), las posibles modificaciones a las normativas electorales en Panamá.
El magistrado presidente del Tribunal Electoral (TE), Erasmo Pinilla, destacó que este es un estudio profundo de todas las normativas electorales con el que se pretende corregir distorsiones en el proceso electoral panameño.
Luego de casi un año de reuniones, la Comisión de Reformas Electorales, logró un proyecto de ley compuesto por 146 artículos, en los que se modifican normas al Código Electoral.
Entre los articulados que sufrieron cambios están: El numeral 4 del Artículo 92 relacionado al mínimo de electores que se requieren para integran una circunscripción, el cual fue modificado a 500 votantes cómo mínimo.
Otra de las modificaciones establecidas es que el período de campaña electoral se efectuará 60 días previos a las primarias y 90 días previos a las elecciones generales.
El financiamiento público cubre un período de 5 años entre el preelectoral y el post electoral, con lo cual se destinará el 1% de los ingresos corrientes del Gobierno Central presupuestados en el año 2018, es decir, un año antes de las elecciones generales.
Se estima que el recurso disponible para la elección preelectoral estará entre $56 millones y $61 millones, los cuales serán invertidos en su mayoría en la propaganda electoral.
El artículo 190-G fue revaluado y modificado y ahora en su contenido impone una multa de 5,000 dólares a aquellos candidatos que no presenten mensualmente al Tribunal Electoral el informe del origen de las contribuciones privadas que recauden o de sus propios recursos y adicionalmente la falta producirá la nulidad de la candidatura.
También se aprobó la propuesta de modificación 378 relacionada a la convocatoria para la elección de constituyentes.
En el artículo XX se adicionó el numeral 14-A al artículo 91, que ordena la creación y conformación de la Secretaría de la Mujer o su equivalente con las facultades que el Código Electoral con su reglamento y los estatutos del partido confieren.
Otro de los tópicos abordados durante los meses de discusión se encuentran: La contienda electoral, la veda de los medios de comunicación y campañas sucias.
Según Pinilla, es necesario conseguir un control en el financiamiento de la política en términos generales, sobre todo en las campañas y los donantes con posibles limitaciones al dinero y que la política deje de ser una actividad de los que más tienen y que sea de los que más saben.