TVN plus En vivo

Procuraduría de la Administración respalda al Municipio de San Miguelito en disputa por la basura

La entidad pidió a la Corte Suprema anular una resolución que le quitó al distrito el control del servicio de recolección y su recaudación millonaria.

Recolección de basura en San Miguelito / TVN Noticias

La Procuraduría de la Administración solicitó a la Corte Suprema de Justicia declarar ilegal la resolución de la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario (AAUUD) para encargarse de la recolección de los desechos en San Miguelito, al considerar que asumió funciones que corresponden al Municipio.

El pronunciamiento fue presentado el 26 de marzo de 2026 ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, en respaldo a la demanda interpuesta por el Municipio de San Miguelito contra la Resolución N.° 01-2026, mediante la cual la AAUUD tomó el control total del servicio de recolección, transporte y disposición de residuos en ese distrito, incluyendo el cobro de la tasa de aseo.

Según la Procuraduría, la medida es ilegal porque la AAUD se adelantó a ejercer competencias que la ley no le otorga formalmente en San Miguelito, además de hacerlo sin la participación de la alcaldesa ni la aprobación del Consejo Municipal.

La alcaldesa Irma Hernández reaccionó a esta decisión indicando: "Agradezco a la procuradora por tan excelente criterio, lo pueden leer en mi perfil. Ahora nos toca esperar el fallo de la corte, mientras seguimos trabajando duro por un San Miguelito más bonito".

El conflicto surge tras el vencimiento, el 18 de enero de 2026, del contrato de concesión con la empresa Revisalud, que prestaba el servicio en el distrito. Previamente, una crisis operativa en diciembre de 2025 provocó una acumulación masiva de desechos, lo que obligó a la intervención temporal de la AAUD.

No obstante, el ente asesor del Estado subraya que esa intervención debía ser puntual y de apoyo, y no convertirse en una asunción permanente del servicio.

Entre las irregularidades señaladas, la Procuraduría destaca la presunta violación de la Ley 51 de 2010, al extender operaciones fuera del distrito de Panamá sin una autoridad regional formalmente establecida, así como la afectación de ingresos municipales al asumir el cobro de la tasa de aseo.

Si te lo perdiste
Lo último
stats