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Jaime Guzmán, jefe del Departamento de Investigación de la Acodeco, informó que, en el año 2024, los consumidores elevaron 14 quejas por la propina o gratificación en los establecimientos comerciales.
En ese sentido, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) reiteró este jueves 23 de enero que “la propina o gratificación por el servicio prestado es voluntaria”, es decir, no es obligatoria para el consumidor.
La norma está contemplada en el artículo 56 de la Ley 45 de 2007, que menciona la información de precios.
De acuerdo con la Acodeco, si al finalizar su consumo en un restaurante le agregan la propina al total del consumo, el consumidor no está obligado a pagarla, ya que la modificación a la ley así lo contempla desde hace 9 años cuando la Ley 34 de 2 de agosto de 2016 modificó dos artículos de la Ley 45 de 2007.
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Explicó la institución que las denuncias presentadas se dieron cuando el consumidor observó en la estructura de la factura que no estaba diferenciado el monto total de lo consumido y el monto sugerido de la propina.
En cuanto al porcentaje solicitado, que en algunos comercios va desde el 10 hasta el 30 por ciento, Guzmán indicó que el valor no está regulado, pero la mayoría de los restaurantes solicitan un mínimo de 10 por ciento de propina. “El agente económico puede sugerir, pero no es obligatorio”, indicó.
Los usuarios podrán proporcionar al mesero o agente de atención al cliente lo que consideren como justo en función del servicio prestado, la atención y la calidad en el servicio.
La Acodeco recuerda a todos los consumidores que pueden presentar sus denuncias a través de Sindi) Sistema de Información y Denuncia Institucional), al WhatsApp y Telegram por el número 6330-3333, las cuentas de las redes sociales AcodecoPma en Facebook, X y la página web, haciendo click en la opción de denuncias. Al iniciar cualquier tipo de reclamo, se recomienda tener una foto o copia de la factura.