Proyecto que busca identificar productos sucedáneos es aprobado en primer debate

La iniciativa tiene como propósito proteger a los consumidores, garantizar condiciones de competencia justas para los productores nacionales y fortalecer la seguridad alimentaria, además de impulsar la producción local frente a los retos del mercado internacional.

Imagen ilustrativa de quesos / Pexels

Ciudad de Panamá, Panamá/La Comisión de Asuntos Agropecuarios de la Asamblea Nacional aprobó en primer debate el Proyecto de Ley 405, impulsado por el diputado Raúl Pineda, que establece la identificación obligatoria del origen y la diferenciación de productos alimenticios originales, sucedáneos e imitaciones en Panamá.

La iniciativa tiene como propósito proteger a los consumidores, garantizar condiciones de competencia justas para los productores nacionales y fortalecer la seguridad alimentaria, además de impulsar la producción local frente a los retos del mercado internacional.

En la discusión participaron representantes de distintas entidades y gremios vinculados al sector agroalimentario, entre ellos el Instituto de Innovación Agropecuaria de Panamá (Idiap), la Asociación Nacional de Ganaderos (Anagan), el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), la Asociación Nacional de Productores de Leche (Anaprole), la Asociación de Productores de Quesos y Lácteos de Panamá (Aproquelpa) y la Asociación de Lácteos de Panamá.

Regulaciones contempladas en el proyecto

El proyecto plantea que todo producto alimenticio que se ofrezca al consumidor deberá estar claramente identificado como de origen nacional o de importación, con información visible sobre:

  1. Nombre del producto en idioma español.
  2. País de origen.
  3. Condición de sucedáneo o imitación, en caso de aplicar.

En el caso de productos sucedáneos o de imitación, los comercios estarán obligados a colocar un letrero de advertencia en la góndola, anaquel o refrigerador donde se exhiban estos artículos. Dicho letrero deberá contener la leyenda “Producto sucedáneo o imitación” en letras blancas sobre fondo negro, con tipografía Arial Black o similar, y en un tamaño mínimo de 30 centímetros de ancho por 20 centímetros de alto.

Además, estos productos deberán ubicarse a una distancia no menor de un metro de los productos originales de la misma categoría, con el fin de evitar confusión en los consumidores. La normativa, de aprobarse, será aplicable en mercados, supermercados, abarroterías, tiendas y demás locales comerciales de venta de alimentos.

La Acodeco será la entidad fiscalizadora y tendrá la facultad de imponer multas y sanciones a los comercios que incumplan la norma, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 45 de 2007.

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