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El presidente de la República, Laurentino Cortizo, sancionó la Ley 198, que establece un procedimiento especial para el traspaso de servidumbres viales de urbanizaciones, lotificaciones y parcelaciones que no han sido traspasadas a las autoridades competentes desde antes del 2 de febrero de 2006.
El propósito es lograr un mantenimiento efectivo de los sistemas viales a nivel nacional y beneficiar a miles de panameños que adquirieron un inmueble y las servidumbres de las urbanizaciones no fueron traspasadas al Ministerio de Obras Públicas (MOP) para sus respectivos trabajos de reparación y mantenimiento.
Anteriormente no existía en el país una ley que regulara y obligara a los promotores de urbanizaciones, lotificaciones y parcelaciones a realizar y culminar el proceso de traspaso de los sistemas, ocasionando problemas a los adquirientes de propiedades en esas urbanizaciones por la falta de mantenimiento a las calles y veredas.
De acuerdo con el proponente, el diputado Luis Cruz, el procedimiento “busca hacer justicia a miles de ciudadanos en todo el país que, desde los años 70 compraban lotes o urbanizaciones sin una ley que obligara a los promotores a hacer calles, aceras ni áreas verdes”.
Principales puntos que incluye la Ley No.198:
“El principal objetivo de este proyecto es recuperar las servidumbres que fueron construidas en la República de Panamá antes del 2 de febrero de 2006 y poder hacer efectiva la participación del Estado en la construcción, reparaciones y mejoras de estas”, resaltó el diputado Luis Cruz.
Durante décadas, miles de personas han resultado afectadas por el mal estado de las calles en Panamá. Ahora, las autoridades competentes procederán a realizar los diseños, presupuestos, planificación y ejecución para la construcción, habilitación y mantenimiento de las servidumbres.