Siguen los cuestionamientos a la Ley de salarios a representantes y alcaldes

Asamblea Nacional

La figura, aprobada en la comisión de asuntos municipales en primer debate que consiste que el alcalde o representante puede escoger el salario que más le favorezca, si tenía un puesto de servidor público antes de ser electo, es inconstitucional, según el abogado Ernesto Cedeño quien indica que basa su afirmación en el artículo 302 de la Constitución que dice que: los servidores públicos están obligados a desempeñar personalmente sus funciones a las que dedicarán el máximo de sus capacidades y percibirán por las mismas una remuneración justa.

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