Cortizo se opone a ley aprobada en la Asamblea que modifica el régimen bancario

Laurentino Cortizo.
Laurentino Cortizo, presidente de Panamá.

Una vez más, el presidente de la República, Laurentino Cortizo, mostró su total desacuerdo con un proyecto de ley aprobado por el Órgano Legislativo.

Cortizo interpuso un recurso de inexequibilidad en la Corte Suprema de Justicia, en contra del proyecto de ley 308 aprobado en la Asamblea Nacional el 30 de septiembre de este año, el cual modifica un decreto ley sobre el régimen bancario.

La ley 308 establece los trámites a seguir en los procesos de liquidación de bancos. El mandatario panameño solicita a la Corte que declare inexequible por ser violatorio de la Constitución, el artículo 4 del citado proyecto de ley, el cual establece que la ley es de orden público e interés social, y tiene efectos retroactivos hasta dos años antes de la entrada en vigencia.

Cortizo advirtió que esta ley contradice el artículo 32 y 46 de la Constitución "al pretender introducir nuevas reglas a procesos que vienen surtiéndose desde tiempo atrás", lo que podría traer consecuencias penales y civiles para los involucrados en una liquidación bancaria.

"Son medidas que sólo beneficiarían a un número reducido de cuentahabientes, en detrimento de la totalidad de los clientes de una entidad bancaria en proceso de liquidación", manifestó el Presidente en la demanda.

El diputado Raúl Pineda, presentó el proyecto de ley el 16 de abril de 2020, y 11 días después fue aprobado en primer debate por la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea.

Pineda pertenece al gobernante Partido Revolucionario Democrático (PRD) colectivo político del que también forma parte el presidente Cortizo.

El 30 de abril se aprobó en el Pleno de la Asamblea en tercer debate y fue enviado a la Presidencia para su sanción y publicación en Gaceta Oficial.

Sin embargo, el presidente Cortizo devolvió el proyecto de ley al Legislativo el 15 de junio, objetando 3 artículos por ser violatorios de la Constitución.

Los artículos cuestionados por Cortizo fueron modificados, pero se mantuvo la retroactividad que en principio era de un año, y se aumentó a dos años.

El Presidente considera que esa retroactividad de dos años debe ser eliminada de la ley por no ser de interés social.

Al haber agotado el trámite legal para vetar un proyecto de ley, Cortizo hizo uso de su facultad como Presidente y el 9 de octubre interpuso el recurso de inexequibilidad en la Corte Suprema. El ponente de la demanda es el magistrado Cecilio Cedalise.

Cedalise debe elaborar un proyecto de fallo para ser analizado por los otros 8 magistrados de la Corte, que deben decidir en votación mayoritaria si conceden o rechazan lo solicitado por el Presidente de la República.

Hasta que no se dicte un fallo, el proyecto de ley no será sancionado por el Ejecutivo.

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