Aprueban en Primer Debate proyecto de Ley que permitiría a detenidos por corrupción salir de la cárcel

Asamblea Nacional.
Asamblea Nacional. / Foto Ilustrativa

La Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional aprobó este martes 21 de abril en primer debate el proyecto de Ley 301, que contempla la reducción de la población penitenciaria en atención al estado de emergencia sanitaria.

En el caso de los privados de libertad, podrán solicitar un reemplazo de medida cautelar por una menos grave si ya han cumplido 6 meses detenidos, no existe sentencia en firme y ejecutoriada y no estén cumpliendo condenas previas.

Podrán aplicar personas acusadas de: Delitos contra el Patrimonio Económico (Hurto, Estafa, Apropiación Indebida), Delitos Contra la Fe Pública, Delitos contra la Administración Pública, Delitos Financieros, Delitos de Blanqueo de Capitales cuyos delitos precedentes no estén excluidos de la aplicación de esta Ley, Delitos de Contrabando y Defraudación Aduanales, Delitos contra la Propiedad Intelectual, Delitos contra la Administración de Justicia, Delitos Contra el Ambiente y el Orden Territorial, y todos aquellos delitos que conforme al Código Penal tengan pena mínima de cuatro años de prisión.

Se excluyen a imputados por Delitos contra la vida y la integridad personal, Delitos de robo, secuestro, extorsión, Delitos contra la libertad individual cometidos con torturas, castigo infamante o vejaciones, Delitos contra el pudor y la libertad sexual, Violencia Doméstica, Maltrato de Niño, Niña o Adolescente, Delitos contra la Identidad y Tráfico de Personas Menores de Edad, Delitos contra la Familia, evasión, Delito contra la Seguridad Jurídica de los Medios Electrónicos, Delitos contra la Seguridad Colectiva como Terrorismo, Delitos que implican peligro común, Delitos contra los medios de transporte, Delitos contra la Salud Pública, Delitos Relacionados con Droga, Piratería, Delincuencia Organizada, Asociación Ilícita, Posesión y Tráfico de Arma y Explosivos, Apropiación y Sustracción Violenta de Material Ilícito, Delitos contra la Personalidad Jurídica del Estado, y Delitos contra la Humanidad.

El proyecto de Ley también modifica el Código Penal, estableciendo penas de cárcel por 10 años sin derecho a fianza a quiénes cometan actos de vandalismo u obstaculicen el trabajo de personal médico, fuerza pública y voluntarios que estén realizando tareas sanitarias y humanitarias para evitar la propagación del COVID-19.

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