Incluirán tema de Ley de Descentralización en la agenda legislativa
Durante una reunión con el presidente de la Asociación de Municipios de Panamá, Julio Vivies, el nuevo jefe de la Asamblea Nacional, Crispiano Adames, expresó su interés de incluir en la agenda legislativa como prioridad el tema de la Ley de Descentralización.
Al ser esta Ley de impacto directo en las comunidades, Adames planteó la necesidad de hacerle algunas reformas mediante comisión revisora y lograr que la norma esté en sintonía con la realidad de las comunidades.
Esto, con el fin de que sea más equitativa con mayor grado de autonomía para dar soluciones sociales al pueblo.
En febrero pasado quienes conformaban la Comisión de Asuntos Municipales de la Asamblea, se reunieron con alcaldes y representantes de corregimientos para evaluar la Ley Nro. 155 de 2020, que modifica el artículo 112 de la Ley 37 de 2009, que descentraliza la administración pública relativas al funcionamiento de los gobiernos locales.
Esta norma establece que los fondos que van a ser traspasado de impuestos e inmuebles a los municipios, una cantidad importante debería ser para funcionamiento y el otro porcentaje para inversión.
El en ese entonces, presidente de la instancia legislativa, Jairo Salazar, dijo que el objetivo es que los recursos destinados a los proyectos se sigan gestionado para la subsistencia del personal que labora en los municipios, de lo contrario habrá mucho despido a nivel nacional.
El anteproyecto de ley, que busca modificar la norma existente, contempla en uno de sus puntos la existencia de un subsidio para hacerle frente a la falta de ingresos, que afecta el pago de la planilla municipal, producto del cierre de los comercios generado por la pandemia del COVID-19.
Ante la crisis se ha determinado que los fondos de inversión, que son de un 75% en la mayoría de los municipios, puedan usarse en funcionamiento.
La iniciativa contempla en uno de su párrafo transitorio que, durante la vigencia fiscal del año 2021, los municipios puedan destinar el 100 % de los saldos remanentes que reciban en concepto de impuestos de inmuebles, incluyendo todos los saldos no comprometidos en los años fiscales 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 para gastos de funcionamientos municipal.