Alcaldía de Arraiján aprueba moratoria para el pago de impuestos municipales hasta septiembre
Los contribuyentes que paguen la totalidad de sus deudas o formalicen convenios de pago podrán acogerse al beneficio.
Arraiján, Panamá Oeste/Por medio del Acuerdo Municipal N.°30 del 5 de agosto de 2025, el Concejo Municipal de Arraiján aprobó que se estableciera una moratoria en la Alcaldía de Arraiján que permitirá a los contribuyentes ponerse al día con sus tasas e impuestos municipales, exonerando recargos e intereses y facilitando arreglos de pago.
La medida, que entró en vigencia tras su publicación en Gaceta Oficial el martes 26 de agosto, estará disponible entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre del presente año. Durante ese periodo, quienes mantengan deudas podrán cancelar sus obligaciones sin intereses adicionales o suscribir un acuerdo de pago bajo condiciones flexibles.
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Condiciones para acceder a la moratoria
Los contribuyentes que paguen la totalidad de sus deudas o formalicen convenios de pago durante el periodo de moratoria podrán acogerse al beneficio del 100% de exoneración. Para ello, las personas Naturales deberán presentar documentación básica como la siguiente:
- Copia vigente del aviso de operación
- Copia de la cédula de identidad personal del propietario del negocio
- Croquis de ubicación del negocio
- Copia de un recibo de servicios públicos (electricidad, agua, teléfono)
En caso de que el trámite sea realizado por un tercero, se deberá presentar una nota autenticada autorizando la gestión, junto con la copia de la cédula de la persona autorizada.
Para aquellas personas jurídicas, los documentos a presentar son:
- Copia del aviso de operación
- Copia del pacto social o certificación del Registro Público, con una antigüedad máxima de tres meses desde su expedición
- Copia de la cédula de identidad personal del representante legal
- Croquis de ubicación del negocio
En caso de que el trámite sea realizado por un tercero, se deberá presentar una nota de autorización emitida por el representante legal de la empresa, autenticada, junto con la copia de la cédula de la persona autorizada.
Tipos de deuda y arreglos
Los arreglos de pago varían según el monto de la deuda:
- De 100 a 300 dólares: 40% de abono inicial y dos cuotas.
- De 300.01 a 1,000 dólares: 35% de abono inicial y tres cuotas.
- De 1,000.01 a 5,000 dólares: 30% de abono inicial y seis cuotas.
- De 5,000.01 a 10,000 dólares: 25% de abono inicial y nueve cuotas.
- De 10,000.01 a 15,000 dólares: 20% de abono inicial y doce cuotas.
- Más de 15,000 dólares: 15% de abono inicial y hasta 18 cuotas.
En el documento, también se indica que los contribuyentes con deudas superiores a 5,000.01 dólares podrán optar por las siguientes modalidades para acogerse a la moratoria:
- Fianza de cumplimiento: Los contribuyentes podrán presentar una fianza de cumplimiento emitida por una compañía aseguradora, que cubra al menos el 50% de la deuda restante. Esta garantía asegurará el cumplimiento de los pagos comprometidos en el convenio.
- Plan de pagos sin garantía: Alternativamente, los contribuyentes podrán optar por un plan de pagos sin necesidad de presentar garantías adicionales, siempre que realicen un abono inicial del 50% del monto total de la deuda. El saldo restante deberá ser pagado en cuotas mensuales mediante arreglo de pago, con un plazo máximo de 18 meses.
Exclusiones y advertencias
El acuerdo excluye conceptos como tasas por revisión y aprobación de planos, cartón de permiso de construcción, edificación y reedificación y uso de acera para propósitos varios; que no podrán ser incluidos en los convenios de pago.
Las autoridades advirtieron que, en caso de incumplimiento en los términos de los nuevos acuerdos de pago, la deuda será reactivada con los recargos e intereses correspondientes que será reflejada en el estado de cuenta del contribuyente y podrá ser remitida a la jurisdicción coactiva para su cobro.
La normativa también establece que todos los contribuyentes deberán actualizar sus registros de contacto, información comercial y, de ser necesario, la actualización de sus actividades económicas antes del 30 de septiembre del presente año en la Dirección de Tesorería o a través de los canales oficiales que la institución disponga. Destacaron que, aquellos que no realicen este proceso, se exponen a multas o sanciones, según la normativa vigente.
Finalmente, el Concejo Municipal y la Alcaldía de Arraiján se comprometieron a divulgar ampliamente esta moratoria a través de distintos medios para garantizar que la población esté informada y pueda regularizar sus obligaciones.