Control de cocodrilos: MiAmbiente establece protocolos de encuentros y autoriza el sacrificio como último recurso

El protocolo advierte que Panamá aún no cuenta con un sistema nacional de monitoreo de estas especies, por lo que parte importante de la información disponible procede de reportes publicados en medios de comunicación y redes sociales.

Imagen del cocodrilo americano en Juan Hombrón que circuló en redes sociales / TVN Noticias

El Ministerio de Ambiente (MiAmbiente) formalizó un protocolo para atender las interacciones negativas entre cocodrilos y seres humanos, ante el incremento de reportes sobre la presencia de estos animales en zonas urbanas, costeras y cuencas hidrográficas del país.

La medida fue adoptada mediante la Resolución No. DM-0445-2026, firmada el pasado 17 de agosto por el ministro de Ambiente, Juan Carlos Navarro, y publicada este viernes en la Gaceta Oficial.

El documento establece un mecanismo de respuesta técnica y coordinada para prevenir y atender situaciones en las que la presencia de cocodrilos pueda representar un riesgo para la población.

De acuerdo con el informe técnico que sustenta la resolución, los incidentes negativos se concentran principalmente en sectores urbanos y costeros de la bahía de Panamá, entre ellos Puerto de Coquira, Clayton, Albrook y Chame, además de áreas de Panamá Oeste, Coclé y Veraguas.

También se han reportado interacciones en cuencas como las de los ríos Santa María, La Villa, Tuira y Balsas, en Darién.

El protocolo advierte que Panamá aún no cuenta con un sistema nacional de monitoreo de estas especies, por lo que parte importante de la información disponible procede de reportes publicados en medios de comunicación y redes sociales.

Cinco niveles para responder a los casos

La nueva normativa establece una escala de cinco niveles de intervención, que van desde medidas preventivas hasta acciones de mayor impacto.

El Nivel 1 contempla prevención y educación comunitaria; el Nivel 2, monitoreo técnico; el Nivel 3, acciones de disuasión y exclusión; el Nivel 4, captura y reubicación; mientras que el Nivel 5 corresponde al control letal.

Este último será considerado únicamente como una medida de último recurso.

Para determinar cómo debe actuar la autoridad en cada caso, el protocolo establece un Formulario de Evaluación de Riesgo, mediante el cual se asigna una puntuación considerando diferentes factores.

Entre ellos están el tamaño del ejemplar, su grado de habituación a las personas, el sitio donde fue localizado, la frecuencia de los avistamientos y antecedentes de ataques a mascotas, entre otros elementos.

Los casos serán clasificados como de riesgo bajo, medio, alto o muy alto, dependiendo de la puntuación obtenida.

¿Cuándo podría eliminarse un cocodrilo?

El protocolo establece que el control letal únicamente podrá aplicarse cuando exista un “peligro real, actual e inminente” para la vida de las personas, siempre que no exista una alternativa técnica viable para controlar la situación.

Además, la medida deberá contar con una justificación documentada y la aprobación de un comité técnico.

En situaciones de defensa inmediata, cuando sea necesario actuar para evitar un ataque, también será obligatorio reportar el hecho a MiAmbiente o a la Policía Ambiental.

La resolución establece una diferencia importante: el control letal no podrá aplicarse bajo ningún escenario al caimán o babillo (Caiman crocodilus), considerado de menor tamaño y riesgo que el cocodrilo americano (Crocodylus acutus).

Una especie protegida

El cocodrilo americano está clasificado como vulnerable por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) y se encuentra incluido en el Apéndice I de CITES, mientras que el babillo figura en el Apéndice II.

Ambas especies forman parte del listado nacional de fauna amenazada de Panamá.

MiAmbiente sostiene que el aumento de las interacciones con seres humanos está relacionado, en parte, con la recuperación de las poblaciones de cocodrilianos luego de décadas de esfuerzos de conservación.

El fenómeno también ha sido identificado en otros países de la región, como Colombia, Costa Rica, Honduras y México.

Guardianes comunitarios y registro de avistamientos

La resolución también establece medidas preventivas y de seguimiento. Entre ellas figura la capacitación de “guardianes comunitarios” en zonas consideradas de riesgo y la instalación de señalización bilingüe en áreas turísticas.

Asimismo, se contempla la creación de un Registro Oficial de Avistamientos, que estará bajo la responsabilidad del Departamento de Biodiversidad.

Los casos en los que se aplique control letal estarán sujetos, además, a auditorías externas cada dos años, con el objetivo de verificar que las medidas hayan cumplido con los criterios establecidos en el protocolo.

Con la publicación de la resolución en la Gaceta Oficial, el protocolo entra en vigor y establece por primera vez un procedimiento formal para determinar cómo deben responder las autoridades ante encuentros potencialmente peligrosos entre cocodrilos y personas en Panamá.

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