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Ciudad de Panamá/La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió la demanda de nulidad por ilegal que fue interpuesta por la representante legal Ruth Fernández, apoderada legal de Gianna Rueda, contra la Resolución No. 032-2024 de 14 de junio de 2024, emitida por el Consejo Electoral de la Universidad Especializada de las Américas (Udelas).
En esa resolución, se proclamó a la doctora Nicolasa Terreros Barrios, como la rectora electa de la UDELAS, para el período 2024-2029 y la entrega de la credencial que la acredita como rectora.
Carlos Alberto Vázquez, magistrado sustanciador de la Sala Tercera de la CSJ, sustentó que la demanda no fue admitida porque no cumplió con los procedimientos legales de conformidad con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley No. 135 de 1943.
Rueda, a través de su abogada, quería que se declarara nula por ilegal la Resolución N° 032-2024 de 14 de junio de 2024, emitida por el Consejo Electoral Universitario de la Udelas.
El artículo 50 de la Ley 135 de 1943 establece lo siguiente: "no se dará curso legal a la demanda que carezca de alguna de las formalidades, y su presentación e interrumpe los términos señalados para la prescripción de la acción".
"Las pruebas examinadas por la acción contencioso-Administrativa ensayada, determinaron que la demanda no cumplía con los requisitos legales y jurisprudenciales para ser admitida", detalló Udelas en un informe proporcionado a este medio.