Dirección General de Ingresos aclara a los comercios que exhibir el precio total no modifica la emisión de la factura fiscal

Ley No. 473 de 19 de junio de 2025, que establece la obligación de exhibir el precio total de los bienes y servicios en los comercios entrará en vigencia el 19 de junio de 2026.

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irección General de Ingresos aclara a los comercios que exhibir el precio total no modifica la emisión de la factura fiscal / Foto cortesía: Acodeco.

Panamá/La Dirección General de Ingresos (DGI), salió al paso de las inquietudes generadas por la próxima entrada en vigencia de la Ley No. 473 de 19 de junio de 2025, que establece la obligación de exhibir el precio total de los bienes y servicios en los comercios.

En un comunicado dirigido a los contribuyentes, la entidad aclaró que “dicha normativa, no modifica en ningún aspecto la forma en que debe emitirse la factura fiscal vigente en el país”, despejando dudas sobre posibles cambios en los comprobantes que reciben los consumidores.

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La Ley No. 473, orientada a fortalecer la protección al consumidor y la defensa de la competencia, exige que los establecimientos muestren el precio final de los productos y servicios, incluyendo impuestos, tasas y cualquier otro cargo aplicable. Su entrada en vigencia está prevista para el 19 de junio de 2026.

Sin embargo, la DGI fue enfática al precisar que “la obligación de exhibir el precio total de los bienes y servicios, incluyendo los impuestos y tasas relacionadas con la transacción en los comercios, no implica cambio alguno en el formato ni en el contenido de la factura fiscal que recibe el comprador”.

Es decir, aunque el cliente verá en vitrinas, góndolas o anuncios el precio completo a pagar, la estructura del documento fiscal continuará igual. Además, “se mantiene la obligación de los comercios o de la persona que presta el servicio de expedir la factura a quienes adquieren el bien o servicio”, recordó la institución.

En materia tributaria, la DGI señaló que el Decreto Ejecutivo No. 84 de 2005 permanece vigente. Este decreto establece, entre otros requisitos esenciales, el desglose del ITBMS y del ISC (Impuesto Selectivo al Consumo) en la factura entregada al comprador.

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El documento fiscal deberá seguir detallando la descripción de la operación realizada, la cantidad, el precio unitario, el monto total, las condiciones de pago, el logotipo de la DGI, la información del RUC y el domicilio del emisor. En el caso de las facturas electrónicas, deberán incluir un código QR que permita verificar su validez.

Durante el período previo a la entrada en vigor de la norma, instituciones vinculadas al comercio, junto con la Acodeco y la DGI, informarán a la ciudadanía para resolver dudas sobre su aplicación.

En ese sentido, la entidad pidió consultar su portal oficial y sus canales digitales, así como acudir a las oficinas principales en la ciudad capital y a las administraciones provinciales de la DGI en el interior del país.

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