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Entra en vigor nueva fase de control aduanero para exportaciones y reexportaciones en la Zona Libre

Con esta medida, se establece como requisito obligatorio la presentación de la Declaración de Exportación o Reexportación al momento en que las mercancías salgan del territorio de la República de Panamá.

Aduanas exige declaración obligatoria para salida de mercancías desde la Zona Libre de Colón / Autoridad Nacional de Aduanas
Danna Durán - Periodista
30 2026 - 15:57

Ciudad de Panamá/A partir del 1 de abril de 2026, entran en vigencia nuevas disposiciones relacionadas con la revisión del cumplimiento de los regímenes y trámites aduaneros en las operaciones de exportación y reexportación de mercancías en la Zona Libre de Colón, como parte de una primera fase previamente anunciada por las autoridades.

Con esta medida, se establece como requisito obligatorio la presentación de la Declaración de Exportación o Reexportación al momento en que las mercancías salgan del territorio de la República de Panamá, dependiendo del tipo de operación que se realice.

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En el caso de la Declaración de Reexportación, esta deberá gestionarse cuando una mercancía extranjera, que se encuentre bajo control aduanero, abandone el país sin haber sido sometida a un despacho definitivo. Este procedimiento busca garantizar la trazabilidad de la carga, formalizar su salida del territorio nacional y asegurar el registro adecuado de la operación dentro del sistema informático aduanero, conforme a las normativas vigentes.

La implementación de esta disposición ha sido desarrollada de manera coordinada desde el año 2025, incluyendo reuniones constantes con los distintos actores del sector, así como períodos de prueba del sistema. Además, se realizaron cuatro jornadas de capacitación en las que participaron aproximadamente 1,750 usuarios, bajo la supervisión de los equipos técnicos de Aduanas y de la Zona Libre de Colón.

La Autoridad Nacional de Aduanas reiteró el llamado a todos los usuarios del comercio exterior a cumplir con las regulaciones establecidas, recordando que toda mercancía destinada a exportación o reexportación, ya sea proveniente de depósitos aduaneros o de zonas francas, deberá ajustarse a las disposiciones aduaneras vigentes.

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