Ley de interés preferencial: Asamblea Nacional mantiene tasa subsidiada de 4% para hipotecas en Panamá
Se eliminó, en segundo debate, el polémico artículo 12 y se mantuvo en 4% la tasa de interés preferencial para todas las regiones.
Ciudad de Panamá/El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate, con mayoría de 40 votos a favor y cuatro abstenciones en todos sus artículos, el proyecto de ley 341, que modifica disposiciones de la Ley 468 de 2025. Esta última subrogó a la Ley 3 de 1985, la cual establece un régimen de intereses preferenciales en determinados préstamos hipotecarios y que actualmente se encuentra suspendida.
Se trata de la propuesta presentada por el diputado y presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Herrera, que modifica los artículos 1, 2, 6 y 7, y deroga el artículo 12 de la Ley 468 del 24 de abril de 2025.
Previo a la votación, el diputado Herrera, pidió a sus colegas aprobar el proyecto de ley, el cual —según afirmó— es esperado con ansias por la ciudadanía.
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Entre los cambios aprobados se incluye la reducción de las tasas subsidiadas para préstamos hipotecarios de viviendas con montos entre $80,000 y $120,000 en todas las regiones del país con una tasa máxima subsidiada para todas las regiones que pasaba del 4% a 3.5%.
En ese sentido, durante el debate, el diputado de la bancada Seguimos, Ernesto Cedeño se opuso a la reducción de las tasas, argumentando que no es justo bajar el porcentaje. A su postura se sumó Eliza López de Suárez, quien señaló que esto afectaría a la clase media profesional que actualmente se beneficia del descuento.
Precisamente, ante el cuestionamiento del diputado Cedeño, el proponente el diputado Herrera manifestó que no tenía objeción en mantenerla en 4%, siempre y cuando los cálculos financieros garantizaran que ninguna de las partes resultara perjudicada.
Finalmente, se acordó con todas las bancadas que la tasa para los tramos preferenciales para todas las provincias se mantenga en 4%, con una duración del beneficio del subsidio preferencial de 7 años.
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El viceministro de Financiamiento, Fausto Fernández, explicó que la propuesta presentada por el Gobierno en febrero pasado se detuvo debido a la introducción del artículo 12, que otorgaba atribuciones fuera de su marco legal a la Superintendencia de Bancos. Además, obligaba a los intermediarios financieros a realizar refinanciamientos garantizados, lo que desincentivaba a los bancos a participar.
Ellos no iban a entrar en el programa de interés preferencial si de salida iban a estar con las manos amarradas con un artículo muy abierto sobre la interpretación de cómo y cuándo se debía refinanciar para evitar riesgos. Decidieron, entonces, no prestar”, sostuvo Fernández, aclarando que es su percepción basada en conversaciones con miembros del sector.
En la actualidad, la Ley 468 de 2025 se encuentra suspendida, luego de que los bancos atacaran el artículo 12 de la propuesta. Por ello, se aprobó la Ley 472, que suspendió temporalmente la entrada en vigencia de la norma en mención y que restableció el régimen de intereses preferenciales para préstamos hipotecarios contemplado en la Ley 3 de 1985 hasta el 31 de diciembre de este año.
Por su parte, la diputada Alexandra Brenes, de la bancada Vamos, consultó sobre los sectores que se opusieron al artículo 12, que ella había apoyado y que establecía, entre otras cosas, que "entre seis y doce meses antes de que finalice el subsidio otorgado bajo el régimen de interés preferencial, el banco que haya otorgado el préstamo deberá realizar una evaluación de la situación financiera del beneficiario, con el propósito de anticipar su capacidad real para continuar cumpliendo con los pagos una vez que comience a regir la tasa de interés comercial”.
Ante esta consulta, Carlos Berguido, de la Asociación Bancaria de Panamá dijo que el artículo 12 establecía una fuente de táctica dilatoria a la hora de ejecutar una hipoteca contra ese porcentaje de las personas que no cumplen con su hipoteca. "El proceso de ejecutar una hipoteca demora dos años y medio y cuando se le suma las tácticas dilatorias , los bancos perciben que ejecutar la hipoteca es que de dos años y medios podrían pasar a más años", explicó.
Se dejó claro , que solo el 2% de las personas no terminan de cumplir con el pago de su hipoteca
En cuanto a la deuda del Estado con los intermediarios financieros, se estimó en aproximadamente $280 a $300 millones en los últimos 12 meses.
Votación artículo por artículo
- Artículo 1 (original): 40 votos a favor y 4 abstenciones.
- Artículo 2 (original): 40 a favor y 4 abstenciones.
- Artículo 3 (original): 40 votos a favor y 4 abstenciones.
- Artículo 4 (original): 40 votos a favor y 4 abstenciones.
- Artículo 5 (original): 39 votos a favor, 4 abstenciones y 1 en contra. Este artículo eliminaba el polémico artículo 12.
- Artículo 6 (original): 40 votos a favor y 4 abstenciones.
- Artículo 7 (modificado): 40 votos a favor y 4 abstenciones.
Se prevé que el próximo lunes la propuesta sea discutida en tercer debate. Cabe recordar, que esta propuesta de aprobarse por la Asamblea y ser sancionada por el presidente de la República, José Raúl Mulino, empezará a regir en enero de 2026.