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Panamá: Corte Suprema de Justicia emite fallo relacionado con el matrimonio igualitario

Matrimonio igualitario

Corte falló en contra del matrimonio entre personas del mismo sexo / Nicanor Alvarado

Ciudad de Panamá, Panamá/La Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitió un comunicado la tarde de este miércoles 1 de marzo en el cual dan a conocer el fallo que guarda relación con una demanda de inconstitucionalidad presentada contra varios artículos del Código de la Familia.

Dicho fallo le cierra las puertas a la posibilidad de que en Panamá legalmente se establezcan las uniones entre personas del mismo sexo.

El comunicado establece que no son inconstitucionales la frase “entre un hombre y una mujer”, contenida en el artículo 26 del Código de la Familia de la República de Panamá, ni la expresión “las personas de ese mismo sexo”, incluida en el precepto 34, numeral 1, también del Código de la Familia de la República de Panamá, en un fallo del 16 de febrero de 2023.

El fallo estuvo bajo la ponencia de la magistrada presidente de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López Arias y contó con seis votos a favor de los magistrados Carlos Alberto Vásquez Reyes, Cecilio Cedalise Riquelme, María Cristina Chen Stanziola, Miriam Cheng Rosas, Maribel Cornejo Batista y Ariadne Maribel García Angulo; uno razonado del magistrado Olmedo Arrocha Osorio, y el salvamento de voto de la magistrada Angela Russo de Cedeño.

De acuerdo a la nota de prensa, el Pleno concluyó que “las normas que disponen que el matrimonio debe concertarse voluntariamente entre un hombre y una mujer, legalmente capaces para unirse, y hacer, y compartir una vida en común, y las que de manera concomitante prohíben que contraigan matrimonio entre sí personas del mismo sexo (artículo 34, numeral 1 del Código de la Familia y 35 del Código de Derecho Internacional Privado), están objetiva y razonablemente justificadas en el interés general de dar prevalencia a aquellas uniones con el potencial de instaurar familias, dar continuidad a la especie humana y, por ende, a la sociedad”.

La Corte Suprema de Justicia en su fallo dio a entender que el origen de la prohibición para las uniones entre personas del mismo sexo está establecido en la Constitución Política de la República de Panamá y que este órgano de justicia “no tiene facultad para decretar o proclamar derechos fundamentales que no estén positivizados e incidir en la eficacia y vigencia del contenido normativo del texto constitucional, por más cambios que se sucedan en la realidad, aun cuando estos tengan la entidad suficiente para producir una mutación constitucional”.

El fallo responde a una demanda presentada data desde el 2016.

Organismos internacionales se habían pronunciado

“Hago votos porque Panamá culmine el camino que ya ha iniciado y culmine este proceso mediante el reconocimiento del matrimonio igualitario. Este es el reto que tienen el Estado panameño en sus manos y esperamos en esta Comisión que pueda concluirse”, declaró este viernes 2 de octubre del 2022 Joel Hernández García, miembro de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH).

Los derechos de las personas LGBTI y el matrimonio igualitario fue un tema discutido en octubre del 2022 en una audiencia de la Comisión en la que participaron miembros de la sociedad civil panameña, parejas del mismo sexo que buscan que se reconozco su matrimonio, activistas de derechos LGBTI, y una delegación del Gobierno Nacional de Panamá.

"Desde niña, soñaba con el día de mi boda", contó Yamileth Garcés, panameña que mantiene un proceso legal para que se reconozca el matrimonio con su pareja, Jessica. Tuvo que ir a Canadá para poder casarse, y ahora lucha porque se le reconozca el matrimonio con la mujer que ama en su país.

"Nos segregan, minimizan nuestro valor ante la sociedad, nos condenan a vivir en la oscuridad", lamentó Yamileth. "La familia que he formado merece ser reconocida, celebrada y visibilizada", concluyó.

En Panamá, el matrimonio entre personas del mismo sexo no se reconoce oficialmente. Esto genera problemas en temas como el derecho sucesorio (herencia), la posibilidad de tomar decisiones médicas de la pareja, exoneraciones de impuestos y otras consecuencias como dificultades para obtener préstamos y establecer un patrimonio común.

Actualmente, la homosexualidad es considerada un delito grave de acuerdo al reglamento interno de la Policía Nacional y el Benemérito Cuerpo de Bomberos. Se les prohíbe también a personas homosexuales donar sangre. Hasta 2008, la sodomía era un delito en Ciudad de Panamá.

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