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Niegan apelación a vinculados en bloqueo de caravana en Chiriquí

Alexis Jiménez

Indiciados por interrumpir caravana humanitaria
Indiciados por interrumpir caravana humanitaria / Foto/Ministerio Público

El Tribunal de Apelaciones de Chiriquí confirmó la medida cautelar de detención provisional, a los ciudadanos Alexis Jiménez y Manuel Murillo, imputados por los hechos ocurridos el pasado 20 de julio en el distrito de Tolé, provincia de Chiriquí, durante una protesta, donde se obstaculizó el paso de la caravana humanitaria con productos alimenticios que debían ser transportados para el abastecimiento nacional.

La aprehensión tanto de Jiménez, como de Murillo, se registró luego de que en redes sociales se difundieran vídeos, donde ambos hombres atribuían la retención de los camiones que por horas estuvieron varados en el área de Tolé.

Jiménez se entregó el pasado viernes 22 de julio, en la sede de la Procuraduría General de la Nación. Cabe recordar que por este ciudadano, se había girado una orden de captura y posteriormente, las autoridades ofrecieron una recompensa de 5 mil dólares, para quien diera información sobre su paradero.

En tanto, Murillo, se entregó poco después de que se girara una orden de aprehensión en su contra.

La orden de aprehensión contra los dos indiciados se ordenó en base al artículo 235 del Código Procesal Penal, que reza que el Ministerio Público podrá ordenar que una persona sea aprehendida cuando existan elementos de convicción suficientes para sostener razonablemente que es autora o partícipe de un delito y cuando la 9 Reformado por el artículo 4 de la Ley No. 35 de 23 de mayo de 2013. Código Procesal Penal - Comentado 75 investigación así lo amerite.

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