Mulino sanciona Ley que exonera el 2% del ITBI para la compra de la primera vivienda nueva

La medida, propuesta por el Órgano Ejecutivo, busca facilitar el acceso a una vivienda propia para familias jóvenes, dinamizar el sector de la construcción y contribuir a la generación de empleos.

Mulino sanciona Ley que exonera el 2% del ITBI para facilitar el acceso a viviendas / Ministerio de la Presidencia
Danna Durán - Periodista
31 de agosto 2026 - 16:10

Ciudad de Panamá/El presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionó este lunes 31 de agosto la Ley 546 de 2026, que establece una exoneración del Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI) para la compra de la primera vivienda nueva con un valor de hasta $120,000.

La medida, propuesta por el Órgano Ejecutivo, busca facilitar el acceso a una vivienda propia para familias jóvenes, dinamizar el sector de la construcción y contribuir a la generación de empleos.

La nueva legislación modifica el artículo 4 de la Ley 106 de 1974 y establece que las viviendas nuevas podrán acogerse a la exoneración siempre que la compraventa se formalice dentro de los dos años siguientes a la fecha de expedición del permiso de ocupación otorgado por la autoridad competente.

Durante el acto de sanción, Mulino estuvo acompañado por el ministro de la Presidencia, Juan Carlos Orillac, y el ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, quien impulsó la propuesta.

El proyecto fue aprobado por el Consejo de Gabinete el pasado 28 de julio y posteriormente fue discutido en la Asamblea Nacional, donde recibió 53 votos a favor el 26 de agosto.

Chapman explicó que la modificación busca beneficiar principalmente a las familias de ingresos medios, al eliminar el pago inicial de este impuesto en la adquisición de una vivienda nueva y facilitar que más hogares puedan acceder a una propiedad.

La medida también apunta a fortalecer la industria de la construcción, considerada por el Gobierno como un sector estratégico por su aporte a la actividad económica y a la generación de puestos de trabajo.

¿Cómo funcionará el beneficio?

La ley establece una exención sobre los primeros $120,000 de la base imponible de la vivienda. Cuando el valor de la operación supere ese monto, pero no exceda los $200,000, el impuesto se calculará únicamente sobre la parte que exceda los $120,000, aplicando las siguientes tasas:

Tablas
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La legislación también contempla un régimen especial para las primeras operaciones de venta de viviendas nuevas que se formalicen una vez entre en vigencia la norma.

Estas operaciones podrán beneficiarse de la exoneración aunque el permiso de ocupación haya sido expedido antes de la entrada en vigencia de la ley, siempre que la compraventa se formalice dentro de los 30 meses siguientes a la fecha de expedición de dicho permiso y se cumplan las demás condiciones establecidas.

En cambio, las operaciones de compraventa que hayan sido formalizadas antes de la entrada en vigencia de la Ley 546 se regirán por las disposiciones que estaban vigentes al momento de su formalización.

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