Nuevo Decreto Ejecutivo que limita huelgas en sectores esenciales genera reacciones

La ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Jackeline Muñoz, señaló que el decreto se fundamenta en el Código de Trabajo y no elimina el derecho a huelga, pero sí fija límites para garantizar la continuidad de los servicios considerados como "esenciales".

La ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Jackeline Muñoz, señaló que el decreto se fundamenta en el Código de Trabajo y no elimina el derecho a huelga, pero sí fija límites para garantizar la continuidad de los servicios considerados como "esenciales". / AFP

Ciudad de Panamá, Panamá/El Decreto Ejecutivo N.º 11 del 11 de noviembre de 2025 —que reglamenta los artículos 485, 486, 487 y 488 del Código de Trabajo y establece los parámetros para las huelgas en los servicios públicos—, firmado por el presidente de la República, José Raúl Mulino, señala los criterios para determinar qué servicios públicos serán considerados esenciales y, por tanto, sujetos a restricciones o condiciones especiales en el ejercicio del derecho a huelga.

La normativa define lineamientos para paralizaciones en sectores como energía, agua potable, transporte público, servicios hospitalarios, puertos, operaciones de emergencia, Metro de Panamá, MiBus, el Canal de Panamá, así como servicios de rescate, bomberos y protección civil.

Tras su promulgación el pasado miércoles 12 de noviembre, el Decreto generó reacciones inmediatas en el movimiento sindical. La Confederación Nacional de Unidad Sindical anunció que presentará una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia.

En tanto, el presidente del Consejo Nacional de Trabajadores Organizados, Aniano Pinzón Real, informó que analizan el contenido de la norma para determinar si vulnera el derecho constitucional a huelga.

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Consultada sobre el tema, la ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Jackeline Muñoz, defendió la regulación y aseguró que está sustentada en el Código de Trabajo. "La verdad es que ese es un sector que a todo se opone y nosotros tenemos que pensar en el pueblo panameño", afirmó. Reiteró que el decreto no elimina el derecho a huelga, pero sí establece límites para garantizar la continuidad de los servicios esenciales.

"La huelga no se está apelando, el derecho de huelga continúa. Es un derecho que tienen todos los trabajadores, pero también es un derecho del pueblo panameño poder tener alimentos”, señaló la ministra. Recordó que la legislación vigente establece que entre el 20% y el 30% del personal debe mantenerse laborando en servicios esenciales para asegurar la atención a la población.

"Tenemos que ser serios y responsables. Precisamente ese es el llamado que hacemos el día de hoy. El derecho a huelga lo tienen todos los trabajadores de la forma correcta, pero no podemos dañar al pueblo panameño y no podemos hacer que un solo sector mande al país. No puede pasar", puntualizó. Las declaraciones fueron ofrecidas durante la instalación de la Comisión Nacional del Salario Mínimo, realizada este sábado 15 de noviembre.

El decreto también establece que las huelgas en empresas que presten servicios públicos deberán ser notificadas al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) y estarán sujetas a verificación para garantizar que no afecten la seguridad, la salud o la economía del país. Directivos de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá también mostraron su respaldo a esta regulación.

Con información de Luis de Jesús Mendoza

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