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Ciudad de Panamá/Julio Macías, uno de los abogados que demandó el contrato ley entre el Estado y Panama Ports Company, S.A. (PPC), explicó en Noticias AM las motivaciones de la acción legal tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que lo declaró inconstitucional, al igual que la prórroga de 2021.
Para Macías se trata de una decisión “trascendental para el país” con repercusiones internacionales, sin embargo, insistió en que se trata de un contrato que vulneró 13 normas de la Constitución, pero también podría haber vulnerado otras normas según el análisis de la CSJ.
“La Corte ha señalado que el contrato de Panama Ports privilegió intereses particulares”, señaló Macías al explicar que toda concesión que el Estado entregue debe procurar el interés público, razón por la cual la Corte Suprema tomó la decisión de “expulsar del ordenamiento jurídico el contrato”.
Sobre la prórroga otorgada por 25 años más en 2021 bajo la administración del expresidente Laurentino Cortizo, indicó que la decisión se sustentó en que no se renegociaron mejores condiciones entre la Autoridad Marítima de Panamá, por parte del Estado y PPC.
Por su parte, Norman Castro, otro de los abogados demandantes, indicó que el contrato ley de PPC es uno tipo “embudo”, donde todo lo ancho es para Panama Ports y lo angosto para Panamá”.
“Se les dio exoneraciones de todo, de remesas, de timbres, de ganancias, exoneración de todo”, enfatizó Castro, al indicar que con PPC hubo una generosidad casi inexplicable.
“La Constitución se violó desde el inicio; según nosotros, violaba 15 artículos, según el procurador, 25 artículos, según la corte, 13 artículos. Realmente es un contrato donde no se dio seguridad jurídica, que es respetar el ordenamiento constitucional, pero este contrato desde el inicio violentó el ordenamiento constitucional”, remarcó.
Macías manifestó que, aunque se ha hablado mucho sobre la seguridad jurídica de la empresa, no se toma en cuenta la seguridad jurídica de los panameños, y precisamente en la cláusula 3.2 del contrato se indica que se somete al derecho panameño, y es lo que permite que todo acto pueda ser sometido a un control constitucional, tal como lo ha hecho la CSJ.
“No debe ser extraño para nadie que, en esta ocasión, la Corte haya realizado un control constitucional y haya corregido lo que en su momento no respetó esos principios constitucionales”, indicó Macías.
Al ser consultado sobre las razones por las que el contrato no fue declarado nulo sino inconstitucional, Macías explicó que cuando se declara nulo un contrato, se analiza en la Sala Tercera de lo Contencioso y lo Administrativo y se entra a revisar si respetó la legislación vigente cuando fue suscrito. Sin embargo, cuando se entra a revisar la inconstitucionalidad, se trata de un análisis en que el contrato se confronta con la Constitución.
"Lo que mal nace, mal termina", subrayó Castro al afirmar que las vulneraciones a la Constitución fueron producto de un contrato “hecho a la medida” para la empresa y con múltiples beneficios particulares, en detrimento del interés público.
Sobre las posibles responsabilidades, el abogado recordó que el artículo 18 de la Constitución establece que tanto los particulares como los funcionarios públicos están obligados a respetar la Constitución y la ley, y deben responder por sus infracciones, omisiones, extralimitación de funciones y actos ilegales.
Como lección del caso, Castro insistió en que el Estado debe contratar correctamente, respetar la Constitución, proteger la soberanía y garantizar que los bienes públicos generen el mayor beneficio para el pueblo panameño, no para intereses particulares. Recordó antecedentes como el caso minero, donde, pese a fallos de inconstitucionalidad, las actividades continuaron sin consecuencias inmediatas.
"Esta demanda que nosotros pusimos la hicimos no en contra de nadie (...) pero lo malo es malo, venga de quien venga", remarcó Castro.
Macias precisó que el mensaje del fallo es claro: la seguridad jurídica de una empresa no puede estar por encima de la seguridad jurídica de los panameños. “La Corte ha mandado un mensaje claro de que en Panamá se debe respetar la Constitución y la ley”.