Una Luz de Esperanza
En vivo
La presidenta del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas (TAC), Zaira Santamaría, defendió que no existe conflicto de interés en que su hija ejerza como directora de Asesoría Jurídica en la dirección estatal que regula y fiscaliza las contrataciones públicas, cargo que asumió en abril de 2026.
Consultada en la Comisión de Presupuesto, sobre la coincidencia entre ambos nombramientos, la magistrada explicó que, antes de que su hija aceptara el puesto, ella misma realizó consultas formales tanto en la Procuraduría de la Administración como en la Antai, para verificar que no existiera una incompatibilidad legal.
"Ella no está en un lugar donde se tomen decisiones jurisdiccionales ni tiene firma. Ella está en asesoría legal, solo emite conceptos y se los pasa al director, y el director es el que decide y los firma", afirmó Santamaría, al insistir en que su hija no tiene ningún tipo de función que incida en las decisiones del TAC.
Según detalló, la dirección donde trabaja su hija únicamente atiende consultas jurídicas generales que las entidades del Estado formulan sobre el funcionamiento de los procesos de contratación, un trabajo distinto, dijo, al que realiza la dirección de fiscalización, encargada de resolver las acciones de reclamo que sí pueden derivar en apelaciones ante el TAC.
"Nosotros con respecto a esa dirección, solo resolvemos las acciones de reclamo que no hayan sido resueltas por ellos. Mi hija no tiene nada que ver con reclamos, porque esa es otra dirección que no tiene que ver con ella y ella no es la directora", sostuvo.
Sobre la transparencia de ambos nombramientos, la magistrada explicó que su llegada a la presidencia del TAC se dio por concurso, tras haber ejercido como magistrada entre 2012 y 2017 y figurar posteriormente en una terna. En el caso de su hija, dijo, la decisión partió del director de la entidad, quien, según relató, la buscó por la acumulación de consultas pendientes mientras ella trabajaba en otra institución del Estado.
"Yo ni siquiera intervine, yo ni siquiera sabía. Cuando me lo dijo, antes de aceptarlo, le dije que no aceptara hasta que yo no evacuara las consultas respectivas, y en efecto las hice, en aras de la transparencia y del buen nombre nuestro", afirmó.
La funcionaria también se refirió a los tiempos de resolución del tribunal que preside. Según indicó, las impugnaciones se resuelven en un promedio de 10 a 30 días, con un tiempo real de 22 días, mientras que las apelaciones, que pueden incluir la práctica de pruebas periciales, especialmente en casos de rescisión de contratos de obra, no suelen extenderse más allá de un mes y medio. "Una de las causales de destitución nuestra es precisamente la morosidad", puntualizó.