Las nuevas reglas para otorgar permisos a extranjeros que vienen a invertir en Panamá

Fachada del Servicio Nacional de Migración
Fachada del Servicio Nacional de Migración / TVN Noticias

El Servicio Nacional de Migración no concederá permisos de residencia a extranjeros cuando éstos la pidan bajo la categoría de “solvencia económica por inversión en bien inmueble” y la propiedad esté a nombre de una sociedad anónima con acciones al portador.

Lo anterior ha quedado establecido en una normativa publicada en Gaceta Oficial este viernes por el presidente Juan Carlos Varela y el ministro de Seguridad, Alexis Bethancourt.

Según el decreto 147, la única forma de aceptar como válida la inversión cuando está bajo una sociedad anónima, es que las acciones de la compañía sean nominales y estén a nombre del solicitante del permiso de residencia y sus dependientes.

Para acogerse a este método de regularización, el migrante debe presentar un certificado de Registro Público que compruebe que posee un bien inmueble por más de $300 mil, y que esté libre de gravámenes.

El nuevo decreto elimina un artículo del decreto 320 de 2008 que permitía a Migración conceder el permiso de residencia a extranjeros que hubiesen invertido entre $200 mil y $300 mil en bienes raíces “y que por razones de fuerza mayor o caso fortuito no hayan podido sustentar la titularidad del bien antes de la entrada en vigencia” del reglamento.

Este viernes también el Gobierno oficializó un nuevo reglamento para regularización de migrantes, en momentos en que ha advertido que los extranjeros con visa de turista no podrán ingresar múltiples veces al país.

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