Municipio de Panamá publica regulaciones para 'chivas parranderas'

Municipio de Panamá publica regulaciones para 'chivas parranderas'
Municipio de Panamá publica regulaciones para 'chivas parranderas' / TVN Noticias

El Consejo Municipal de Panamá decretó un acuerdo para regular las actividades de las "chivas parranderas" en el distrito.

El documento fue publicado este miércoles 31 de octubre en Gaceta Oficial.

Quiénes quieran dedicarse a este servicio deberán solicitar un permiso expedido por el alcalde del distrito de Panamá. La solicitud se tendrá que presentar ante la Dirección de Legal y Justicia en el municipio.

Se establece una tasa de tramitación de 20 dólares por cada vehículo amparado bajo el permiso. Se deberán también aportar las rutas que utilizará la chiva parrandera, así como paquete turísticos que ofrecerán.

El Municipio de Panamá realizará una inspección a los vehículos para determinar si cuentan con medidas de mitigación de ruido, luces, troneras y equipos de sonido acordes. Esta inspección tendrá un costo de 50 dólares.

El permiso para operar las chivas tendrá una duración de un año, renovable por igual período.

Los operadores tendrán la obligación de tener un listado de los participantes de cada viaje, establecer convenios con locales comerciales para usar permisos sanitarios, cumplir con la legislación que regula el ruido, permitir la fiscalización por las autoridades, tener los permisos en un sitio visible, colocar extintores y mantener salidas de emergencias habilitadas, y fumigar cada cuatro meses los vehículos.

El horario de circulación será desde el mediodía hasta la medianoche los domingos, lunes, martes y miércoles; mientras que los jueves y viernes podrán operar hasta las 2 am y los sábados hasta las 3 am.

Las chivas que lleven menores de edad solo podrán circular hasta las 9 pm. No podrán circular por zonas residenciales, producir ruidos ensordecedores, sobrepasar la capacidad del vehículo, estacionarse en lugares no fijadas en la ruta, o participar en regatas. Tampoco estará permitido libar licor fuera del vehículo. No se podrá vender licor dentro de la chiva tampoco.

Las multas por incumplimiento serán desde 500 dólares hasta 2,000 dólares.

Este acuerdo empezará a regir a partir de tres meses contados desde su promulgación en Gaceta Oficial.

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