Autos chatarra serán removidos 'de inmediato' de la servidumbre en San Miguelito

La norma subraya que este mecanismo es de carácter excepcional y no sustituye el procedimiento ordinario, quedando prohibido su uso como regla general.

Autos chatarras serán removidos en San Miguelito / TVN Noticias

En San Miguelito, los autos abandonados ya no tendrán tregua: un nuevo decreto municipal permitirá retirarlos de inmediato cuando bloqueen calles, obras o representen un riesgo para la comunidad. La medida, firmada por la alcaldesa Irma Hernández Berrío, busca devolver el orden y la seguridad a los espacios públicos del distrito.

La Alcaldía de San Miguelito promulgó el Decreto Alcaldicio No. 005-2026, que establece un procedimiento excepcional y urgente para la remoción inmediata de vehículos en estado de abandono o convertidos en chatarra, cuando estos representen un riesgo o afecten el interés público.

Según el decreto, la remoción procederá sin necesidad de agotar el plazo ordinario previsto en el Acuerdo Municipal No. 121 de 2024, siempre que se acrediten circunstancias de urgencia.

Principales causales de aplicación

El procedimiento podrá aplicarse cuando los vehículos:

  • Obstruyan obras públicas o el acceso a ellas.
  • Impidan de manera significativa el tránsito vehicular o peatonal.
  • Generen riesgos a la seguridad o salubridad de las personas.
  • Afecten gravemente el uso del espacio público.

Procedimiento y derechos

Antes de la remoción, inspectores municipales deberán levantar un acta con ubicación, descripción y registro fotográfico del vehículo, además de colocar un aviso visible. Los autos retirados serán trasladados a un sitio de custodia designado por el municipio, y su disposición final (compactación o desguace) solo se ejecutará tras la notificación oficial y el vencimiento de los plazos legales para recursos administrativos.

El decreto también establece que los costos de remoción y disposición serán asumidos por los propietarios, aunque se contempla la posibilidad de que el responsable movilice el vehículo a un destino alternativo si se presenta durante la ejecución de la orden.

La norma subraya que este mecanismo es de carácter excepcional y no sustituye el procedimiento ordinario, quedando prohibido su uso como regla general. El decreto entró en vigencia desde su promulgación el pasado 13 de abril.

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