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Ciudad de Panamá/El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó los formularios y la certificación médica que deberán utilizar los usuarios de cannabis medicinal y sus acompañantes autorizados, mediante la Resolución No. 0406 del 13 de mayo de 2026, publicada en la Gaceta Oficial este lunes 1 de junio.
La medida establece los documentos oficiales necesarios para la identificación de usuarios de cannabis medicinal, así como los requisitos que deberán cumplir los médicos encargados de emitir las certificaciones correspondientes.
De acuerdo con la resolución, se aprobó el Formulario de Usuarios de Cannabis Medicinal y Acompañantes Autorizados, además de la Certificación Médica para el uso del cannabis medicinal y sus anexos, los cuales forman parte integral de la normativa.
El formulario estará compuesto por dos secciones: una destinada a los datos personales del usuario y otra para los datos del acompañante autorizado. Esta última únicamente deberá completarse cuando el paciente requiera de un acompañante autorizado, como en el caso de menores de 18 años bajo patria potestad o personas representadas por un tutor designado por una autoridad competente.
La resolución también detalla que la certificación médica para el uso de cannabis medicinal constará de cinco secciones. Estas incluirán información sobre el usuario y el uso del cannabis medicinal o sus derivados, los datos de la prescripción, otras enfermedades que padezca el paciente, la información del médico tratante y un anexo sobre la prescripción cuando se indiquen múltiples productos de cannabis medicinal para un mismo paciente.
Asimismo, el documento establece que la certificación médica deberá ser emitida por un médico idóneo reconocido por el Consejo Técnico de Salud Pública del Ministerio de Salud. Entre los datos obligatorios que deberá contener figuran la identificación de la instalación de salud donde recibe atención el paciente, la identificación del médico tratante, el diagnóstico que justifica el uso del cannabis medicinal, la dosis prescrita, la frecuencia y duración del tratamiento, la forma farmacéutica y vía de administración del producto, así como las comorbilidades y tratamientos recibidos por el paciente.
La normativa dispone además que tanto el formulario como la certificación médica y sus instrucciones estarán disponibles en el Sistema para la Identificación de Usuarios de Cannabis Medicinal y Acompañantes Autorizados (Siucmaa), alojado en la página web del Ministerio de Salud.
Según el artículo sexto de la resolución, las disposiciones comenzarán a regir a partir de su promulgación.
Acceda aquí para conocer la resolución a detalle: 👇https://www.gacetaoficial.gob.pa/storage/gacetas/2026/06/30536_A/102940.pdf
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