¿En qué consiste el proyecto para el uso de bioetanol que impulsa el Ejecutivo?

La iniciativa fue presentada en octubre de este 2025 y se encuentra pendiente de discusión en primer debate en la Comisión de Comercio.

Planta procedora de bioetanol. / Envato

Ciudad de Panamá/El proyecto de ley 443, que modifica la Ley 42 de 2011 sobre biocombustibles y energía a partir de biomasa, permanece pendiente de discusión en primer debate en la Comisión de Comercio de la Asamblea Nacional, en medio de señalamientos políticos por un posible conflicto de interés.

Algunos diputados cuestionaron públicamente que el contralor general de la República, Anel Flores, sea accionista de una de las cuatro empresas azucareras del país. Sin embargo, en la última conferencia del presidente José Raúl Mulino, Flores aseguró que "aquí no hay una caña para etanol", y que de aprobarse la ley, la caña seguirá siendo para azúcar.

Al mismo tiempo, calificó esta situación como un "bochinche" y una "leyenda urbana".

¿Pero, qué implica dicho proyecto?

En términos técnicos, el Proyecto de Ley 443 redefine el esquema de permisos, producción y comercialización del bioetanol. La propuesta establece que la Secretaría Nacional de Energía (SNE) será la encargada de expedir las autorizaciones necesarias para producción, almacenamiento, transporte e introducción de biocombustibles en Zonas Libres de Combustibles. Para ello, se contemplan dos tipos de permisos:

  1. Planta de Producción de Bioetanol Anhidro, otorgado a personas naturales o jurídicas que cuenten con facilidades para producir el insumo a partir de materia prima nacional.
  2. Usuario de bioetanol anhidro en zonas libres de combustibles, aplicado para introducir bioetanol importado cuando la producción local no cubra la demanda nacional.

La iniciativa también autoriza de forma obligatoria el uso de bioetanol anhidro al 10% como aditivo oxigenante en mezclas de gasolina, priorizando la adquisición de producto elaborado con materia prima nacional. Según se establece en el artículo 2, la adquisición de bioetanol anhidro producido con materia prima nacional para uso en mezclas con gasolinas, tendrá carácter prioritario frente a cualquier otra fuente de suministro procedente del extranjero.

El texto crea, además, una Comisión de Coordinación y Seguimiento para el Programa de Biocombustibles, integrada por los titulares de Energía, Comercio e Industrias, Desarrollo Agropecuario, Economía y Finanzas y Ambiente. Este grupo evaluará las hectáreas necesarias para el cultivo de insumos vegetales o animales, el abastecimiento al mercado interno, los precios locales e internacionales y su impacto en consumidores y cadena de comercialización.

Otro componente relevante es la modificación al Código Fiscal, que asigna un Impuesto al Consumo de Combustibles (ICCDP) diferenciado según el tipo de mezcla.

La iniciativa presentada por el ministro de la Presidencia, Juan Carlos Orillac, plantea una excepción para alcoholes combustibles. Se exceptúan de la aplicación de esta Ley la producción, distribución y comercialización de alcoholes destinados a la fabricación de licores, usos o productos medicinales o para la producción de bienes industriales.

La propuesta también otorga estabilidad jurídica de hasta 15 años a las fórmulas de precios relacionadas con el uso de bioetanol en las gasolinas, a ser definidas por vía reglamentaria en el Programa de Biocombustibles.

Se espera que el próximo 15 de enero de 2026 se realice un foro ciudadano a las 9:00 a.m. en la Asamblea; será una transmisión en vivo, donde participarán universidades, el Ministerio de Ambiente, Bomberos, la Cámara de Comercio y otros actores clave.

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