Directora de Antai sobre manejo de partidas: No se está pidiendo nada distinto a lo que establece la norma

Amplían medida que obliga a autoridades locales a rendir informes sobre uso de partidas

La Ley 37 de 2009, que se rige en base a la transparencia y acceso a la información de toda persona que requiera conocer la gestión pública de un municipio, que incluye el presupuesto, ha sido la adoptada por la Autoridad Nacional de Transparencia Internacional (Antai), para exigir a las autoridades locales información detallada sobre el manejo de las partidas para gastos de movilización de los municipios.

La norma que descentraliza la administración pública se inspira, de acuerdo con la directora de la Autoridad Nacional de Transparencia Internacional (Antai), Elsa Fernández, en principios de responsabilidad fiscal, teniendo en consideración que la descentralización procurará un ejercicio de unas finanzas públicas prudentes.

“En otro punto, el artículo 6, señala que se rigen bajo el principio de transparencia, que señala un proceso de comunicación hacia el ciudadano, con relación a aspectos que guardan relación con las finanzas públicas, que debe ser comprensible, comparable y tener facilidad de comprensión por parte del ciudadano; es decir, estamos hablando de presupuestos participativos, abiertos y que tienen normas que la rigen”, resaltó.

Explicó que cuando se habla de información sobre el presupuesto, incluye, cómo se formula, se aprueba, se ejecuta y se modifica.

Fernández recalcó que no se está pidiendo nada distinto a lo que establece la normativa; acceso de todo recurso público del Estado, recordando que los servidores públicos hacen lo que la ley les determine.

Agregó que cuando se acepta un cargo público, es sabido que se asume la responsabilidad que viene con este y justamente, la ley establece que su obligación es la de promover la cultura de rendición de cuentas, que implica la justificación de sus actos, someterse al escrutinio de la ciudadanía que tiene derecho a conocer esos medios financieros.

Sobre la circular de suspensión enviada por la Contraloría General de la Nación, Fernández indicó que justamente, esta circular habla de transparencia proactiva, en la cual voluntariamente, el servidor público se somete a una explicación de rendición de cuentas sobre la gestión que se está realizando.

“Precisamente la normativa, que se quiere modificar de la Ley 6, es justamente la que tiene que llevar a mayores detalles en el uso de las finanzas públicas y cuando estamos hablando de gastos de movilización se habla de un objeto de gastos de transporte, no del salario, ni de los gastos de representación, hasta los cuales se tiene derecho por el cargo”, resaltó.

Recalcó que todo lo que es recurso público se tiene que dar cuentas, independientemente si se es gobierno central, o por algún servicio que dé un municipio y forme parte de una entidad gubernamental.

Fernández indicó que regidos en la Ley 6, guardan relación con el principio de publicidad en la cual esta autoridad periódicamente, realiza la revisión de las páginas web de las entidades públicas y donde se vulnere el principio de acceso a la información, las entidades están sujetas a sanciones que implica el salario de la persona.

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