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El Consejo de Gabinete oficializó, mediante el Decreto de Gabinete N°10 del 11 de agosto de 2026, la compra del 41% de las acciones en circulación de Petroterminal de Panamá, S.A., correspondientes a 82,000 acciones en poder de accionistas no estatales. El decreto fue publicado este jueves 20 de agosto en la Gaceta Oficial Digital N°30594.
El precio total de la operación se fijó en B/.191,701,240.00, resultado de multiplicar las acciones adquiridas por el Valor Capitalizado por Acción de B/.2,337.82, calculado con base en los estados financieros auditados de Petroterminal correspondientes al ejercicio fiscal 2025.
La decisión se enmarca en el derecho de compra que la Nación tiene sobre esas acciones desde el Contrato de Asociación suscrito con Northville Industries Corp. y Petroterminal de Panamá, S.A., aprobado originalmente mediante la Ley 30 de 1977 y enmendado en varias ocasiones. El ejercicio de ese derecho ya había sido autorizado mediante el Decreto de Gabinete N°9 del 16 de julio de 2026, tras lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) notificó formalmente a los accionistas no estatales el 17 de julio.
Estructura financiera: fideicomiso con el Banco Nacional
Para ejecutar el pago, el decreto autorizó al MEF a constituir un fideicomiso de administración con el Banco Nacional de Panamá como fiduciario. A través de este vehículo se podrá contratar una o varias facilidades crediticias por hasta B/.200,000,000.00, destinadas a cubrir el precio de la compra, el servicio de la deuda durante el primer año y los gastos de estructuración.
El decreto precisa que el fideicomiso es un mecanismo transitorio, que no transfiere al fideicomiso la titularidad de las acciones adquiridas ni altera las competencias del MEF en la conducción de la operación. Las acciones tampoco podrán ser objeto de prenda, gravamen o garantía de ningún tipo.
Plazos y forma de pago
El pago a los accionistas no estatales deberá realizarse en dólares, a más tardar el 31 de agosto de 2026, dentro del plazo de 45 días calendario que establece la cláusula décima del contrato. La distribución del monto entre los accionistas se hará en proporción a su tenencia accionaria, según el libro de registro de acciones de la empresa.
Destino de los dividendos
Una vez perfeccionada la adquisición, el decreto establece un régimen excepcional y temporal para los dividendos que genere el 41% adquirido: el 59% se depositará en el Fondo General del Tesoro Nacional, mientras que el 41% restante se destinará a una cuenta específica dentro de la Cuenta Única del Tesoro Nacional, vinculada exclusivamente al pago del financiamiento del fideicomiso.
El decreto señala que la operación busca consolidar el control accionario de una infraestructura considerada estratégica para el transporte y almacenamiento de hidrocarburos en el país, y que fue sometida a consulta del Consejo Económico Nacional, que emitió concepto favorable el 10 de agosto de 2026.
Todos los contratos e instrumentos derivados de esta operación quedarán sujetos al refrendo de la Contraloría General de la República. El decreto fue firmado por el presidente José Raúl Mulino y los ministros del gabinete.