Magistrado Mejía admite pruebas para el juicio a Martinelli por el caso 'pinchazos'

El documento en el que el magistrado Mejía sustenta la admisión de pruebas está compuesto de 91 páginas.

Magistrado Mejía admite pruebas de la fiscalía en caso Martinelli / TVN Noticias

El magistrado juez de Garantías, Jerónimo Mejía, durante la audiencia de este lunes 19 de noviembre, anunció las pruebas que han sido admitidas en el caso de los "pinchazos telefónicos" para la etapa de juicio oral seguido al expresidente de la República, Ricardo Martinelli.

La decisión se dio a conocer en una audiencia pública que inició pasadas las 10 de la mañana de este lunes.

Antes de plantear las pruebas admitidas, Mejía dejó claro que existe total competencia en el proceso judicial que se le sigue al exmandatario.

“La acusación fija competencia de manera definitiva y esa es la razón por la que estamos en este acto de audiencia decidiendo lo relacionado con las pruebas que los postulantes presentaron en la fase intermedia ante el juez de Garantías que es el único que tiene competencia en un proceso penal”, señaló.

En este caso, el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en dos ocasiones (11 de julio y 16 de agosto de 2018), tuvo la oportunidad de conocer amparos de derechos fundamentales presentadas por la defensa del expresidente Martinelli, en el que se solicitaba un rechazo a lo actuado por el magistrado juez de Garantías.

Ante estos señalamientos, el pleno de la CSJ ha precisado que no se advierte una aparente violación de normas constitucionales, “con esto se confirma la competencia”, enfatizó Mejía.

El magistrado Mejía también señaló que es "absurdo" pensar que porque el exmandatrario haya decidido renunciar [como diputado del Parlamento Centroamericano]; esto no hace que ocurra nada, pero en este caso, ya había una acusación en su contra.

“El hecho de que la acusación pueda ser corregida formalmente, no tiene implicación con la posibilidad de variar esa situación de derecho sobre la acción punitiva, porque las modificaciones que pueda hacerle el fiscal, son meramente formales. (…) Una cosa es que los hechos establecidos en una acusación pueda ser calificados de diversas formas jurídicas y otra que esa acusación pueda ser modificada de manera sustancial, por lo cual, los hechos trascendentales para acreditar los hechos punibles, no pueden variar como tampoco la persona acusada”, explicó.

Admisión de pruebas

Luego que Mejía escuchara a todas las partes sustentar los medios de prueba que se pretenden utilizar en la fase de juicio, el magistrado juez de Garantías manifestó que en total hubo 74 pruebas testimoniales, 48 documentales y 5 periciales, sustentadas por el magistrado fiscal de la causa, Harry Díaz.

75 pruebas testimoniales, 42 documentales y 5 periciales, (estas últimas para probar daños y perjuicios que reclama en la acción resarcitoria), fueron presentadas por la defensa del querellante autónomo, Rosendo Rivera.

Mientras que la defensa del expresidente Martinelli presentó 28 pruebas testimoniales, 87 documentales y 5 periciales.

De igual forma, hay pruebas comunes que fueron evaluadas por el magistrado juez de Garantías:

  • 14 pruebas testimoniales, las cuales ninguna de las partes objetó, por lo que han sido admitidas.
  • 58 pruebas testimoniales que guardan relación con el proceso, no fueron objetadas, por tanto han sido admitidas.

Objeciones del testigo protegido

Hubo 4 testimonios comunes del magistrado fiscal y el querellante autónomo, las cuales, fueron objetadas por la defensa del expresidente Martinelli, relacionadas con testigos protegidos, los cuales fueron admitidos durante el acto de audiencia oral del 2 de agosto de 2018.

La protección a los testigos cuenta con un marco legal. "La figura del testigo protegido no constituye un ilícito, según nos lo explica el artículo 20 del Código Procesal Penal", destacó Mejía.

El magistrado de Garantías, indicó que se hace necesario que el testigo protegido rinda declaración durante la etapa de juicio oral. Además, señala que se debe mantener en reserva la identidad, de acuerdo a lo que la ley establece.

De igual forma, Mejía dejó sin admitir una de las pruebas del testigo protegido para la fase de juicio oral.

El documento en el que el magistrado Mejía sustenta la admisión de las pruebas está compuesto de 91 páginas, de un primer borrador que tuvo 250 páginas.

Documentales y testimoniales

El magistrado Mejía admitió para la fase de juicio oral las pruebas documentales 2, 3, 4, 5, 6 y 7, presentadas en fase Intermedia, por la Fiscalía y el acusador autónomo, en caso "escuchas telefónicas".

Las pruebas documentales 8 y 9 presentadas por la Fiscalía y el acusador autónomo, en fase Intermedia, en caso de "escuchas telefónicas", también fueron admitidas para la etapa de juicio oral.

Entre otras pruebas documentales admitidas por el magistrado de Garantías, están la 39, 40 y 41, así como la prueba documental 47 que trata de las los 7 cuadernillos que contienen información confidencial sobre las víctimas de este proceso.

"Los 72 documentos para refrescar memoria, etc que presentó la Fiscalía, para usar en etapa de juicio oral se tienen como admitidas, bajo el entendimiento que no son pruebas, según lo establece el artículo 401, del Código Procesal Penal", explicó el magistrado Jerónimo Mejía.

Magistrado de Garantías admitió cuatro pruebas periciales de la fiscalía.

En común acuerdo entre las partes, se suspende audiencia intermedia hasta el miércoles 21 de noviembre, a las 2:00 p.m. para continuar con la admisibilidad o no de las pruebas aportadas por el acusador autónomo y la defensa, en caso sobre las "escuchas telefónicas".

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