Tribunal ordena reclusión hospitalaria para Manuel Antonio Noriega

Fotografía de archivo. El 25 de febrero pasado Noriega fue trasladado a Medicina Legal.
Fotografía de archivo. El 25 de febrero pasado Noriega fue trasladado a Medicina Legal. / Cortesía

El Segundo Tribunal Superior, ordenó este lunes 17 de octubre, el traslado de Manuel Antonio Noriega, al Hospital Santo Tomás, por el tiempo requerido para los cuidados pre y post operatorios.

Mediante Auto N°92-P.I. del 26 de septiembre de 2016, la medida es tomada de acuerdo a su estado de salud y lo indicado por sus médicos tratantes, ante sus problemas neuroquirúrgico, lo cual será verificado por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Imelcf).

Según un comunicado emitido por el órgano Judicial se señala, que la decisión del Tribunal se fundamentó en un informe médico legal del Imelcf, donde se determina que Manuel Antonio Noriega, -quien actualmente se encuentra detenido en el centro penitenciario El Renacer-, padece de enfermedades crónicas.

Además se tomó en cuenta la evaluación médico legal practicada en el recinto carcelario donde se encuentra recluido Noriega, determinándose “que la celda no presenta las condiciones adecuadas ni cumple con las recomendaciones expuestas en los informes citados”.

Además, se ordena a la Dirección General del Centro Penitenciario El Renacer, coordinar con el Hospital Santo Tomás, lo necesario para el ingreso de Noriega a dicho centro hospitalario; y coordinar con la Policía Nacional su traslado y custodia.

¿Cambio de medida cautelar?

De igual forma, el Órgano Judicial informó que una vez Noriega sea operado y se recupere según los médicos tratantes, deberá reingresar al centro penitenciario El Renacer.

Esto demuestra que a pesar que su defensa solicitó la sustitución de la medida cautelar de detención preventiva, el Tribunal Superior consideró recluirlo en un centro hospitalario únicamente, para garantizar sus cuidados especiales, sin descuidar la vigilancia y protección necesaria.

Así mismo, se informa al Imelcf, para que se practiquen las evaluaciones psiquiátricas cada seis meses del señor Moisés Antonio Correa Alva, para establecer cuando se puede continuar con el proceso.

Esta decisión se da dentro del proceso que se le sigue a ambos por la presunta comisión del delito de homicidio en perjuicio de Heliodoro Portugal.

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