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Ciudad de Panamá, Panamá/El Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales del Primer Distrito Judicial confirmó este martes 27 de enero la sentencia absolutoria a favor de 185 imputados en el denominado "caso ATTT", relacionado con presuntos delitos contra la administración pública en la modalidad de diversas formas de peculado, en perjuicio de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT).
La decisión ratifica la Sentencia N.° 11, emitida el 25 de agosto de 2025, mediante la cual el Tribunal de Primera Instancia determinó que no existían pruebas suficientes para acreditar la comisión de una estructura criminal destinada a defraudar al Estado.
El fallo fue adoptado por un tribunal colegiado integrado por los magistrados José Hoo Justiniani, Eyda Amarilis Juárez y Manuel Mata Avendaño, quienes concluyeron que la valoración de las pruebas fue correcta, ajustada a derecho y respetuosa de los principios de legalidad, debido proceso e intervención mínima del derecho penal.
El proceso judicial corresponde al “Rescate Administrativo del Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros para la Implementación del Nuevo Sistema de Movilización Masiva” en los distritos de Panamá y San Miguelito, conocido popularmente como el caso "Diablos rojos". El expediente estuvo compuesto por 717 tomos, y durante el juicio intervinieron dos abogados querellantes, 88 defensores particulares y seis defensores públicos, mientras que el Ministerio Público estuvo representado por la Fiscalía Anticorrupción.
En septiembre de 2025, el Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales absolvió a los 185 imputados al concluir que las irregularidades detectadas en el programa de compensación respondieron a fallas administrativas y de supervisión, y no a un esquema fraudulento ni a una acción dolosa contra el Estado. Uno de los aspectos determinantes del fallo del juzgado fue que el propio Ministerio Público solicitó la absolución de los exdirectores de la ATTT, entre ellos Jorge Ricardo Fábrega, Juan Pablo Mora, Roberto Moreno Olivares y Ventura Euribiades Vega, al no encontrar elementos que los vincularan con una estructura criminal.
De acuerdo con el juez, si no se logró acreditar responsabilidad penal en los máximos directivos de la entidad, tampoco era jurídicamente viable sostener acusaciones contra subalternos, transportistas o particulares.